Resolución ejecutiva número 055 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 19 de Marzo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 842487763

Resolución ejecutiva número 055 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51261

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1461 del 12 de septiembre de 2019, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Enrique Rafael Noguera Ramírez, requerido para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación (e), mediante Resolución del 17 de septiembre de 2019, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Enrique Rafael Noguera Ramírez, identificado con la cédula de ciudadanía número 84451072, la cual se hizo efectiva el 19 de septiembre de 2019, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1891 del 15 de noviembre de 2019, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Enrique Rafael Noguera Ramírez.

    En la Acusación número 19CR00328-GW (también enunciada como Caso 2:19000328- GW), dictada el 30 de mayo de 2019, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Central de California, se le imputan al ciudadano requerido los siguientes cargos:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    (...)

    El Gran Jurado expide la siguiente acusación: CARGO UNO [S. 963, T.21 del C EE UU]

    A. OBJETIVO DEL CONCIERTO PARA DELINQUIR Desde una fecha desconocida y de manera continua hasta el 30 de mayo de 2019, o alrededor de esa fecha, en los países de Colombiay México, y en otros lugares, los acusados [...]Enrique Rafael Noguera Ramírez, alias "Kike" NOGUERA") [...], en conjunto con otros conocidos y desconocidos por el Gran Jurado, concertaron y acordaron entre ellos distribuir con conocimiento e intencionalmente, por lo menos cinco kilogramos de una mezcla y sustancia, que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de drogas narcóticas de Categoría II, con la intención, el conocimiento y causa razonable para creer que dicha sustancia sería importada ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de las Secciones 959 (a), y 960 (a)(3), y (b)(1)(B)(ii) del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    (... )

    CARGO DOS

    [S. 959(a), 960 (a)(3), (b)(1)(B)(ii), 963, T. 21, C EE UU]

    El 5 de noviembre de 2017, o alrededor de esa fecha, en los países de Colombia y México, y en otros lugares, los acusados [...]

    Enrique Rafael Noguera Ramírez, alias ''Kike" [...], en conjunto con otros conocidos y desconocidos por el Gran Jurado, con conocimiento e intencionalmente intentaron distribuir por lo menos cinco kilogramos, a saber, aproximadamente 515 kilogramos, de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II, con la intención, el conocimiento y causa razonable para creer que dicha sustancia sería importada ilegalmente a los Estados Unidos..."1.

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 1891 del 15 de noviembre de 2019, señaló:

    "El 30 de mayo de 2019, con base en los cargos descritos en la acusación, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Central de California emitió un auto de detención para la captura de Enrique Rafael Noguera Ramírez. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable".

    (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997..."

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Enrique Rafael Noguera Ramírez, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI número 2999 del 18 de noviembre de 2019, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y los Estados Unidos de América.

    Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que se encuentran vigentes para las Partes, las siguientes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR