Resolución ejecutiva número 074 de 2015, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 11 de Mayo de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 569592782

Resolución ejecutiva número 074 de 2015, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49508

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el Gobierno de la República del Ecuador, a través de su Embajada en nuestro país, mediante Notas Verbales número 4-2-472/2014 y 4-2-484/2014 del 18 y 23 de septiembre de 2014, respectivamente, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano ecuatoriano Johnny Byron Ube Muñoz, requerido por el Juzgado Quinto de Garantías Penales de los Ríos, dentro de la causa penal número 67-2014, por el delito de "Asesinato en grado de tentativa".

  2. Que la Embajada de la República del Ecuador en nuestro país, mediante Nota Verbal No. 4-2-678/2014 del 19 de diciembre de 2014, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano ecuatoriano Johnny Byron Ube Muñoz.

  3. Que estando formalizada la solicitud de extradición del ciudadano ecuatoriano Johnny Byron Ube Muñoz, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 2671 del 22 de diciembre de 2014, conceptuó que el tratado aplicable al presente caso es el "Acuerdo sobre Extradición", suscrito en Caracas, en el marco del Congreso Bolivariano, el 18 de julio de 1911.

  4. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante Resolución del 14 de enero de 2015, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano ecuatoriano Johnny Byron Ube Muñoz, identificado con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR