Resolución ejecutiva número 083 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 2 de Julio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 797857149

Resolución ejecutiva número 083 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51002

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1384 del 14 de agosto de 2018, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición de la ciudadana colombiana Karol Andrea Gómez Cerón, requerida para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos y delitos relacionados con concierto para delinquir.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 24 de agosto de 2018, decretó la captura con fines de extradición de la ciudadana Karol Andrea Gómez Cerón, identificada con la cédula de ciudadanía número 1130593312, la cual se hizo efectiva el 17 de noviembre de 2018, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0042 del 14 de enero de 2019, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición de la ciudadana Karol Andrea Gómez Cerón.

    En la acusación número 4:18CR71 (también enunciada como Caso 4:18-cr-00071-ALM-KPJ y Caso número 4:18-cr-00071-ALM-KPJ), dictada el 18 de abril de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas, División de Sherman, mediante la cual se le acusa de los siguientes delitos:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    EL GRAN JURADO DE LOS ESTADOS UNIDOS EMITE LA SIGUIENTE ACUSACIÓN:

    Cargo Uno

    Violación: S. 963, T.21, C EE UU (Concierto para elaborar y distribuir cocaína, con la intención, el conocimiento y con causa razonable para creer que la cocaína se importaría ilegalmente a los Estados Unidos).

    Que en algún momento alrededor del 2017, y continuando después hasta incluso la fecha de esta Acusación Formal, en las Repúblicas de Colombia, Ecuador, Panamá, Costa Rica, Guatemala, México y en otros lugares, (...) Karol Andrea Gómez Cerón, alias "Jara" / "Juanita Acosta" (...), los acusados, con conocimiento e intencionalmente se combinaron, conspiraron y acordaron con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado de los Estados Unidos, para con conocimiento e intencionalmente elaborar y distribuir cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de categoría II, con la intención, el conocimiento y teniendo causa razonable para creer que dicha sustancia sería importada ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de las Secciones 959(a) y 960 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    En contravención de la Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Cargo Dos

    Violación: S. 959, T.21, S.2, T.18, C EE UU: (Elaboración y distribución de cinco kilogramos o más de cocaína con la intención, conocimiento y con causa razonable para creer que la cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos).

    Que en algún momento alrededor del 2017, y continuando después hasta incluso la fecha de esta Acusación Formal, en las Repúblicas de Colombia, Ecuador, Panamá, Costa Rica, Guatemala, México y en otros lugares, (...) Karol Andrea Gómez Cerón, alias "Jara"/ "Juanita Acosta" (...), los acusados, ayudados e instigados por cada uno, con conocimiento e intencionalmente elaboraron y distribuyeron cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de categoría II, con la intención, el conocimiento y con causa razonable para creer que dicha cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos.

    En contravención de la Sección 959 del Título 21 y la Sección 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos.

    Cargo Tres

    Violación: S. 70503(a)(1), T.46, y S. 70506(b), T.46, C EE UU: (Concierto para poseer con la intención de distribuir una sustancia controlada a bordo de una embarcación sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos).

    Que en algún momento alrededor del 2017, y continuando después hasta incluso la fecha de esta Acusación Formal, en las Repúblicas de Colombia, Ecuador, Panamá, Costa Rica, Guatemala, México y en otros lugares, (...)...

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