Resolución ejecutiva número 093 de 2017, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 338 del 30 de noviembre de 2016 - 24 de Febrero de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 667940897

Resolución ejecutiva número 093 de 2017, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 338 del 30 de noviembre de 2016

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50157

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, conforme a lo previsto en los artículos 74 y 80 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución Ejecutiva número 338 del 30 de noviembre de 2016, el Gobierno nacional concedió la extradición del ciudadano colombiano José Danilo Rodríguez, identificado con la cédula de ciudadanía número 14960797, para que comparezca a juicio ante las autoridades de los Estados Unidos de América, por los cargos Uno (Concierto para distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención y a sabiendas de que dicha sustancia sería importada ilícitamente a los Estados Unidos); y Dos (Concierto para distribuir y poseer con la intención de distribuir cinco kilogramos o más de cocaína), contenidos en la Acusación número 14CRIM 229, dictada el 4 de abril de 2014, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York.

    En la misma decisión, el Gobierno nacional resolvió no diferir la entrega de este ciudadano por cuenta de las investigaciones penales que adelanta la Fiscalía 17 de la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada Antinarcóticos y Lavado de Activos, dentro del Radicado número 665 de la UNAIM, por el delito de concierto para delinquir con fines de narcotráfico, y dentro del Radicado número 3900 por el delito de lavado de activos.

  2. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la anterior decisión se notificó personalmente al abogado defensor del ciudadano requerido el 13 de diciembre de 2016, y al señor José Danilo Rodríguez el 14 de diciembre de 2016.

    Tanto al ciudadano requerido como a su apoderado se les informó que contra la decisión del Gobierno nacional procedía el recurso de reposición, indicándoles que la oportunidad

    4 Artículos 490 y ss. de la Ley 906 de 2004.

    para hacerlo era dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la diligencia de notificación personal.

  3. Que estando dentro del término legal, el defensor del ciudadano José Danilo Rodríguez, mediante escrito radicado el 26 de diciembre de 2016, en el Ministerio de Justicia y del Derecho, interpuso recurso de reposición contra la Resolución Ejecutiva número 338 del 30 de noviembre de 2016.

  4. Que el mencionado recurso está fundamentado en los siguientes argumentos:

    En el escrito de impugnación que fue radicado en el Ministerio de Justicia y del Derecho el 26 de diciembre de 20161, al parecer de manera incompleta, el defensor del señor José Danilo Rodríguez informa que este ciudadano, mediante escrito radicado el 14 de diciembre de 2016 en la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, reiteró su deseo de desmovilizarse de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia FARC-EP, en su condición de colaborador y auxiliador civil de esa organización, advirtiendo que dicha información puede ser corroborada con el vocero negociador y jefe del Bloque Oriental del mencionado Grupo, "Comandante Romana", quien puede dar fe de su participación y colaboración activa en la causa guerrillera.

    Señala que el Acuerdo Final para la Terminación del...

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