Resolución ejecutiva número 095 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 19 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847487731

Resolución ejecutiva número 095 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51411

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0515 del 25 de abril de 2019, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano ecuatoriano BYRON XAVIER ARIAS PALACIOS, requerido para comparecer a juicio por un delito de tráfico de narcóticos.

  2. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 25 de abril de 2019, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano ecuatoriano BYRON XAVIER ARIAS PALACIOS, portador de la cédula 130866270-7 expedida en Ecuador, la cual se hizo efectiva el 31 de mayo de 2019, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1036 del 24 de julio de 2019, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano BYRON XAVIER ARIAS PALACIOS.

    En la acusación número 19-00059 (también anunciada como caso 2-19-cr-00059-ILRL-JCW y CR-19-59 8(2)), dictada el 29 de marzo de 2019, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Luisiana, se le imputa al ciudadano requerido el siguiente cargo:

    "El Gran Jurado emite la siguiente acusación:

    CARGO 1

    "A partir de una fecha desconocida pero no después de octubre de 2018, y en forma continuada hasta la fecha de esta acusación formal, el acusado, BYRON XAVIER ARIAS PALACIOS, con conocimiento y deliberadamente se combinó, conspiró, confederó y acordó con otras personas conocidas y desconocidas, para distribuir cinco kilogramos 0 más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de clorhidrato de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II, con la intención, el conocimiento y teniendo causa razonable para creer que dicha sustancia sería importada ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de las Secciones 959(a), 960(a)(3) y (b)(1)(B)(ii) y 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 1036 del 24 de julio de 2019, señaló:

    "El 29 de marzo de 2019, con base en el cargo descrito en la acusación, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Luisiana emitió un auto de detención para la captura de Byron Xavier Arias Palacios. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano BYRON XAVIER ARIAS PALACIOS, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 1888 del 24 de julio de 2019, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y los Estados Unidos de América.

    Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que se encuentran vigentes para las Partes, las siguientes convenciones multilaterales en materia de cooperación judicial mutua:

    · La 'Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas', suscrita en Viena el 20 de diciembre de 19881. En ese sentido, el artículo 6º, numerales 4 y 5 del precitado tratado disponen lo siguiente:

    '4. Las Partes que no supediten la extradición a la existencia de un tratado...

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