Resolución ejecutiva número 097 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 21 de Mayo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 726120261

Resolución ejecutiva número 097 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50600

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0121 del 1º de febrero de 2017, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano mexicano Irineo Romero Sánchez, requerido para comparecer a juicio por un delito federal de tráfico de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 2 de febrero de 2017, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano mexicano Irineo Romero Sánchez, identificado con el Pasaporte número G17620738, quien había sido retenido el 26 de enero de 2017, por funcionarios de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0330 del 22 de marzo de 2017, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del señor Irineo Romero Sánchez, señalando que este ciudadano es

    7 Oficio número S-20170572453/DIJIN-ARAIC-GRUCI 1.9 del 12 de octubre de 2017.

    requerido para comparecer a juicio en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida. En la Acusación número 15-20764-CR-COOKE/TORRES (también enunciada como caso 1:15 cr-20764-MGC), dictada el 29 de septiembre de 2015, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, se le imputa el siguiente cargo:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    El Gran Jurado imputa que: Comenzando en el año 2001, o alrededor de esa fecha, y continuando hasta la fecha de radicación de esta acusación formal, en los países de Colombia, Costa Rica, Panamá, Honduras, Guatemala y México, y en otros lugares, los acusados, (...)

    Irineo Romero Sánchez, alias "Erineo", y

    (...) a sabiendas y voluntariamente se combinaron, concertaron, confederaron y acordaron con otros sujetos conocidos y desconocidos por el Gran Jurado para distribuir una sustancia controlada de Categoría II, a sabiendas de que dicha sustancia controlada iba a ser importada ilícitamente a los Estados Unidos, en contra de la Sección 959(a)(2) del Título 21 del Código de los Estados Unidos; todo ello en contra de la Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Respecto de los acusados (...) Irineo Romero Sánchez alias "Erineo", y (...), la sustancia controlada implicada en el concierto para delinquir que se les imputa como resultado de su propia conducta, así como de la conducta de otros cómplices, razonablemente previsible para ellos, consiste en 5 kilogramos o más de una mezcla y sustancia contentiva de una cantidad detectable de cocaína, ello en contra de la Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos y la Sección 960(b)(1)(B) del Título 21 del Código de los Estados Unidos..."'1.

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 0330 del 22 de marzo de 2017, señala:

    ""Un auto de detención contra Irineo Romero Sánchez por este cargo fue dictado el 29 de septiembre de 2015, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de...

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