Resolución ejecutiva número 098 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 22 de Julio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 800359993

Resolución ejecutiva número 098 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51022

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1679 del 24 de septiembre de 2018, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombo-canadiense Alexander Franco Gutiérrez, requerido para comparecer a juicio por fraude y lavado de dinero.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante Resolución del 2 de octubre de 2018, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombo-canadiense Alexander Franco Gutiérrez, identificado con la cédula de ciudadanía número 71310325, la cual se hizo efectiva el 4 de octubre de 2018, por parte de miembros del Grupo de Investigaciones Financieras (IRS) pertenecientes a la Dirección Especializada de Investigaciones Financieras (DEIF) de la Fiscalía General de la Nación.

  3. Que mediante Nota Verbal número 2110 del 30 de noviembre de 2018, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Alexander Franco Gutiérrez.

    En la acusación número 2:18-cr-0166-TLN, dictada el 23 de agosto de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de California, se le imputan al ciudadano requerido los siguientes cargos:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    Cargo Uno: [Título 18 del Cód. de EE. UU., secciones 1349 y 2326 -Concierto para cometer fraude por correo y por cable, penas aumentadas con base en conducta de telemercadeo que victimiza a personas de más de 55 años] El Gran Jurado imputa a: Alexander Franco Gutiérrez acusado en la presente, de la siguiente manera:

    I. INTRODUCCIÓN En todo momento relevante a la presente acusación formal: 1. Alexander Franco Gutiérrez era un sujeto que residía en Toronto, Canadá y Medellín, Colombia

    II. EL CONCIERTO PARA DELINQUIR

    3. Empezando a más tardar alrededor del mes de agosto de 2012, y continuando hasta al menos alrededor del mes de marzo de 2014, en el Estado y el Distrito Oriental de California y otros lugares, Alexander Franco Gutiérrez a sabiendas se combinó, conspiró y se confederó con Agbayewa y otros conocidos y desconocidos del gran jurado, para ejecutar mediante el uso de comunicaciones de correo y cable y señales en el comercio interestatal, una estratagema y artificio material para estafar y obtener dinero por medio de pretensiones, representaciones y promesas falsas y fraudulentas, en transgresión de lo dispuesto en el Título 18 del Código de los Estados Unidos, Secciones 1341 y 1343.

    4. El propósito del concierto para delinquir era obtener dinero de personas ancianas en el Distrito Oriental de California y otros lugares usando representaciones falsas y fraudulentas de que personas habían ganado una lotería o rifa y que estas personas tenían que pagar "impuestos" o tarifas de "seguro" sobre el dinero del premio antes de recibirlo.

    III. MANERA Y MEDIOS

    En fomento del concierto para delinquir, Gutiérrez y otros conocidos y desconocidos por el gran jurado (de forma colectiva, "los conspiradores") emplearon la siguiente manera y medios, entre otros:

  4. Los conspiradores obtenían los nombres y números de teléfono de personas ancianas que residían en el Distrito Oriental de California y en otros lugares.

  5. Los conspiradores llamaban a las víctimas ancianas y les decían que habían ganado millones de dólares en una rifa o lotería. Los conspiradores les decían además que las víctimas tenían que prepagar los impuestos o seguros sobre el dinero del premio para recibirlo. Los conspiradores dirigían a las víctimas ancianas a enviar sus pagos por correo y por cable a direcciones y cuentas bajo el control de los conspiradores. Finalmente, los conspiradores les prometían a las víctimas ancianas que los conspiradores visitarían en persona a las víctimas ancianas para entregarle el dinero del premio después de que se hubiesen recibido los pagos.

  6. En realidad, estas afirmaciones a las víctimas ancianas no eran verdad. En vez de ello, en primer lugar, las víctimas ancianas no habían ganado ningún dinero de premio de rifa o lotería. En segundo lugar, el dinero que las víctimas ancianas enviaban por correo y por cable como les habían dicho no era para prepagar impuestos ni seguro. En tercer lugar, los que los llamaban, entre ellos Gutiérrez y Agbayewa, no visitaron en persona a las víctimas ancianas para entregarles ningún dinero después de que los prepagos fueron enviados por correo o depositados.

  7. Los conspiradores también tomaron pasos para evitar ser detectados de modo que pudiese seguir el concierto para obtener dinero de las víctimas. ... Además, Gutiérrez y Agbayewa usaron nombres falsos al comunicarse con las víctimas ancianas, entre ellos los alias, "Richard Walton", "William Nichols", "Stan Pe-terson" y "David Walsh", entre otros. Los conspiradores les mostraron a las víctimas ancianas información de identificación falsa tales como imágenes de licencias de conducir falsificadas a fin de inducir a las víctimas a enviar más dinero y confiar que los conspiradores eran quienes decían ser por teléfono.

    9. Los conspiradores también usaron a otras víctimas para hacer creer a otras víctimas que la lotería o la rifa era real. Para hacerlo, Gutiérrez y Agbayewa y sus conspiradores dirigían a una víctima anciana a enviar por correo su pago a una segunda víctima anciana bajo la pretensión falsa de que el dinero era de un "inversionista". En realidad, estos cheques no eran de inversionistas sino de otras víctimas del fraude. ... Además, estos pasos ayudaban a evitar la detección de la estratagema creando transacciones adicionales antes de que los dineros de la primera víctima llegaran donde los conspiradores.

    10.

    En total, Gutiérrez, Agbayewa y sus conspiradores hicieron que las víctimas perdieran aproximadamente USD$1.4 millones. (Negrilla fuera de texto).

    [... ]

    Cargos Dos Al Ocho: [Título 18 del Cód. de EE. UU., secciones 1341 y 2326 - Fraude...

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