Resolución ejecutiva número 099 de 2020, por la cual se da por terminado un trámite de extradición - 26 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847630140

Resolución ejecutiva número 099 de 2020, por la cual se da por terminado un trámite de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51418

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, a través de su Embajada en nuestro país, mediante Nota Verbal número II.2.C6.E3 000310 del 20 de febrero de 2018, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano venezolano JOSÉ LEONARDO TORRES PÉREZ, requerido por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado de Zulia, por la presunta comisión del delito de "abuso sexual a adolescente en grado de continuación", de conformidad con la Orden de Aprehensión dictada el 6 de septiembre de 2017.

  1. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 20 de febrero de 2018, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano venezolano JOSÉ LEONARDO TORRES PÉREZ, identificado con la Cédula de Identidad venezolana número V-13.715.078, quien había sido retenido el 13 de febrero de 2018, por miembros de la Policía Nacional, con fundamento en una Circular Roja de Interpol.

  2. Que la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en nuestro país, mediante Nota Verbal número II.2.C6.E3 000801 del 7 de mayo de 2018, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano venezolano JOSÉ LEONARDO TORRES PÉREZ.

  3. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano venezolano JOSÉ LEONARDO TORRES PÉREZ, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio número DIAJI número 1212 del 8 de mayo de 2018, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a la convención entre la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela.

    En consecuencia, y una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es de indicar que se encuentra vigente el siguiente tratado de extradición en materia de cooperación judicial mutua entre las Partes:

    · El 'Acuerdo sobre extradición', adoptado en...

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