Resolución ejecutiva número 130 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 30 de Agosto de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 810540133

Resolución ejecutiva número 130 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51061

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1597 del 13 de septiembre de 2018, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Michael Andrés Vásquez Villamil, requerido para comparecer ajuicio por delitos de lavado de dinero.

  2. Que en atención a dicha solicitud, la Fiscal General de la Nación (e), mediante Resolución del 17 de septiembre de 2018, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Michael Andrés Vásquez Villamil, identificado con la cédula de ciudadanía número 1013643010, la cual se hizo efectiva el 18 de octubre de 2018, por funcionarios de la Dirección Especializada de Investigaciones Financieras (DEIF), de la Fiscalía General de la Nación.

  3. Que mediante Nota Verbal número 2194 del 13 de diciembre de 2018, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Michael Andrés Vásquez Villamil.

    En la acusación número 18-20280-CR-SCOLA/Torres, dictada el 10 de abril de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, se le imputan los siguientes cargos:

    ACUSACIÓN FORMAL

    El Gran Jurado imputa que:

    CARGO 1

    Comenzando al menos en una fecha tan temprana como el 17 de marzo de 2015, o alrededor de la misma, y continuando hasta febrero de 2016, o alrededor de esa fecha, siendo la fecha exacta desconocida por el gran jurado, el (sic) en Condado de Miami-Dade, en el Distrito Sur de Florida y en otros lugares, los acusados,

    MICHAEL ANDRÉS VÁSQUEZ VILLAMIL,

    (...)

    a sabiendas y voluntariamente se combinaron, concertaron y acordaron unos con otros y con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado para cometer delitos en contra de los Estados Unidos, ello en contra de la Sección 1956 del Título 18 de los Estados Unidos; es decir, para, a sabiendas, realizar una transacción financiera que afectaría el comercio interestatal y extranjero que implicaba bienes, es decir, fondos e instrumentos monetarios, entre ellos moneda de los Estados Unidos, que un individuo que se desempeñaba bajo la dirección y con la aprobación de agentes del orden público presentó como las ganancias de una actividad ilícita específica, con la intención de ocultar y disimular la naturaleza, la ubicación, la fuente, la titularidad y el control de dichos bienes, ello en contra de la Sección 1956(a)(3)(B) del Título 18 del Código de los Estados Unidos.

    Se alega además que la actividad ilícita específica se presentó como la importación, la venta y la distribución de una sustancia controlada, ello punible según las leyes de los Estados Unidos.

    Todo ello en contra de la Sección 1956(h) del Título 18 del Código de los Estados Unidos...

    ...

    “CARGOS 2 a 12

    En la acusación se mencionan los cargos 2 al 12, pero al señor Michael Andrés Vásquez Villamil únicamente se le imputan los CARGOS 2 al 5 que se transcriben a continuación:

    “En las fechas que se enumeran a continuación, o alrededor de las mismas, en el Condado de Miami-Dade, en el Distrito Sur de Florida y en otros lugares, los acusados identificados a continuación, con la intención de ocultar y disimular la naturaleza, la ubicación, la fuente, la titularidad y el control de bienes que se creía que eran las ganancias de una actividad ilícita específica, a sabiendas realizaron e hicieron la tentativa de realizar una transacción financiera que afectaría el comercio interestatal y extranjero con bienes que un individuo que se desempeñaba bajo la dirección y con la aprobación del agente del orden público presentó como las ganancias de una actividad ilícita específica, es decir, la importación, la venta y la distribución de una sustancia controlada:

    (...) Ello en contra de las Secciones 1956 (a)(3)(B) y 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos...

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 2194 del 13 de diciembre de 2018, señaló:

    El 10 de abril de 2018, con base en los cargos descritos en la acusación, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR