Resolución ejecutiva número 143 de 2019, por la cual se revocan las Resoluciones Ejecutivas números 063 del 24 de marzo de 2010 y 141 del 28 de mayo de 2010 - 9 de Septiembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 811528373

Resolución ejecutiva número 143 de 2019, por la cual se revocan las Resoluciones Ejecutivas números 063 del 24 de marzo de 2010 y 141 del 28 de mayo de 2010

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51071

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, conforme a lo previsto en los artículos 93 y ss. del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que la República Bolivariana de Venezuela, a través de su Embajada en Colombia, mediante Nota Verbal número 00072 del 17 de enero de 2008, solicitó la extradición del ciudadano colombiano Carlos Iván Atehortúa Álvarez, requerido por el

    Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio número 4 del Circuito Judicial Penal del Estado de Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, por los delitos de secuestro, homicidio calificado, robo agravado, privación ilegítima de libertad, ocultamiento de arma de fuego y agavillamiento, de conformidad con la orden de captura proferida el 8 de mayo de 2007.

  2. Que, el Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 25 de agosto de 2008 decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Carlos Iván Atehortúa Álvarez, identificado con la cédula de ciudadanía número 19869011.

    En punto de la identidad del ciudadano requerido, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación, mediante oficio número 009875 del 2 de octubre de 2008, hizo la siguiente aclaración:

    "...De conformidad con lo informado por el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), mediante oficio DAS.DGO.SIN.GINI número 1/2006/398048/91 de 22 de septiembre de 2008, mediante resolución 7803 del 16 de noviembre de 2007, la Registraduría Nacional del Estado Civil le canceló el registro a nombre de Carlos Iván Atehortúa Alvarez. (cédula de ciudadanía número 19869011), por doble cedulación.

    En consecuencia actualmente se encuentra registrado con el nombre de Albeiro Alonso Atehortúa García (cédula de ciudadanía número 70383823 de Cocorná, Antioquia), identidad con la que se encuentra actualmente recluido en el Centro Penitenciario y Carcelario de Itaguí, Antioquia, desde el 5 de octubre de 2007, por los delitos de concierto para delinquir, secuestro extorsivo, terrorismo, rebelión, secuestro simple y extorsión, a disposición del Juzgado 1º del Circuito Especializado de Antioquia.

    Miembros del Departamento Administrativo de Segundad (DAS) realizaron los respectivos cotejos dactilares entre las huellas correspondientes a Albeiro Alonso Atehortúa García (cédula de ciudadanía número 70383823) y las registradas a nombre de Carlos Iván Atehortúa Álvarez. (cédula de ciudadanía número 19869011), teniendo como resultado que se trata de la misma persona...''. (Se resalta).

    En virtud de lo anterior, la Resolución por medio de la cual el Fiscal General de la Nación ordenó la captura con fines de extradición le fue notificada al señor Albeiro Alonso Atehortúa García, identificado con la cédula de ciudadanía número 70383823, también conocido como Carlos Iván Atehortúa Álvarez, el 15 de septiembre de 2008, en las instalaciones del Centro Penitenciario y Carcelario de Itagüí, Antioquia, donde se encontraba previamente detenido, por cuenta de un proceso penal en Colombia.

  3. Que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante pronunciamiento del 24 de febrero de 2010, emitió concepto para la extradición de este ciudadano, en sentido Favorable por los delitos de secuestro, homicidio calificado, robo agravado, agavillamiento y privación ilegítima de libertad y Desfavorable por el delito de ocultamiento de arma de fuego, como quiera que esta última conducta no aparece en la lista de delitos que contempla el artículo 2º del Acuerdo Bolivariano de Extradición, aprobado en Colombia, mediante la Ley 26 de 19131.

  4. Que, el Gobierno nacional, mediante Resolución Ejecutiva número 063 del 24 de marzo de 2010, confirmada, a través de la Resolución Ejecutiva número 141 del 28 de mayo de...

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