Resolución ejecutiva número 150 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 5 de Abril de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 676918757

Resolución ejecutiva número 150 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50197

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0849 del 23 de mayo de 2016, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Germán Muñoz Hoyos, requerido para comparecer a juicio por un delito federal de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación (e), mediante resolución del 24 de mayo de 2016, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Germán Muñoz Hoyos, identificado con la cédula de ciudadanía número 10268158, quien había sido capturado el 18 de mayo de 2016 por funcionarios de la Dirección Antinarcóticos de la Policía Nacional, con fundamento en una Circular Roja de Interpol y notificado de la orden de captura con fines de extradición el 24 de mayo de 2016.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1212 del 13 de julio de 2016, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Germán Muñoz Hoyos.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "Germán Muñoz Hoyos es requerido para comparecer a juicio por un delito federal de narcóticos. Es el sujeto de la Acusación número 1 15-CR-314 (también enunciada como el Caso número 1:15-cr-314), dictada el 18 de agosto de 2015 en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Georgia, mediante la cual se le acusa de concierto para distribuir cinco kilogramos o más de mezclas y sustancias que contenían una cantidad perceptible de cocaína, con el conocimiento y la intención que dichas sus-

    tancias serían ilegalmente importadas a los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 963, 959(a)(1), 959(a)(2), 959(c), 960(a)(3) y 960(b)(1)(B)(ii) del Código de los Estados Unidos.

    (...) Un auto de detención contra Germán Muñoz Hoyos por este cargo fue dictado el 18 de agosto de 2015, por orden de la Corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (...) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Germán Muñoz Hoyos, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI número 1554 del 14 de julio de 2016, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a los instrumentos internacionales vigentes entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América.

    En consecuencia, es preciso señalar que, se encuentra vigente para las Partes, la 'Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas', suscrita en Viena el 20 de diciembre de 19881. En ese sentido, el artículo 6º, numerales 4 y 5 del precitado tratado disponen lo siguiente:

    '[...] 4. Las Partes que no supediten la extradición a la existencia de un tratado reconocerán los delitos a los que se aplica el presente artículo como casos de extradición entre ellas.

    5. La extradición estará sujeta a las condiciones previstas por la legislación de la Parte requerida o por los tratados de extradición aplicables, incluidos los motivos por los que la Parte requerida puede denegar la extradición.

    De conformidad con lo expuesto, y a la luz de lo preceptuado en los artículos 491 y 496 de la Ley 906 de 2004, los aspectos no regulados por la Convención aludida, el trámite se regirá por lo previsto en el ordenamiento jurídico colombiano...".

  5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano Germán Muñoz Hoyos, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante Oficio número...

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