Resolución ejecutiva número 152 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 1 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 816545473

Resolución ejecutiva número 152 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio pe Justicia y del Derecho
Número de Boletín51093

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que, el Gobierno de la República del Ecuador, a través de su Embajada en nuestro país, mediante Notas Verbales números 4-2-158/2018 y 4-2-161/2018 del 15 y 16 de marzo de 2018, respectivamente, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano Andrés Federico Londoño

    Gómez, requerido por el Juez de la Unidad Judicial Penal con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, como presunto autor del delito de "Asesinato", de conformidad con el auto de llamamiento a juicio, dictado el 11 de enero de 2017, dentro del Proceso Penal número 17282201604094.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 16 de marzo de 2018, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Andrés Federico Londoño Gómez, identificado con la cédula de ciudadanía número 1026256447, quien había sido retenido el 11 de marzo de 2018, por miembros de la Policía Nacional - Metropolitana de Bogotá, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol.

  3. Que la Embajada de la República del Ecuador en nuestro país, mediante Nota Verbal número 4-2-310/2018 del 7 de junio 2018, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano colombiano Andrés Federico Londoño Gómez.

  4. Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI número 1503 del 8 de junio de 2018, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones entre la República de Colombia y la República del Ecuador.

    En consecuencia, y una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es de indicar que se encuentra vigente para los dos Estados, el 'Acuerdo sobre extradición', adoptado en Caracas, el 18 de julio de 1911...".

  5. Que, una vez perfeccionado el expediente de la solicitud de extradición del ciudadano Andrés Federico Londoño Gómez, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante Oficio número OFI18-0365-DAI-1100 del 18 de junio de 2018, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia, habiendo encontrado cumplidos los requisitos que exigen las normas aplicables al caso, mediante pronunciamiento del 21 de agosto de 2019, conceptuó favorablemente a la extradición del ciudadano colombiano Andrés Federico Londoño Gómez.

    Sobre el particular, la Honorable Corporación manifestó: "6. Conclusión.

    La Sala es del criterio que la petición de extradición del ciudadano colombiano Andrés Federico Londoño Gómez, formulada por el Gobierno de la República del Ecuador, es conforme a derecho y, en consecuencia, se procederá a conceptuar favorablemente a dicho pedido.

    7. Sobre los condicionamientos.

    Es preciso consignar que corresponde al Gobierno nacional condicionar la entrega a que el reclamado no vaya a ser condenado a pena de muerte, ni juzgado por hechos diversos a los que motivaron la...

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