Resolución ejecutiva número 153 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 1 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 816545481

Resolución ejecutiva número 153 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio pe Justicia y del Derecho
Número de Boletín51093

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 2203 del 14 de diciembre de 2018, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Juan de Jesús Rincón Rojas, requerido para comparecer a juicio por un delito de tráfico de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 26 de diciembre de 2018, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Juan de Jesús Rincón Rojas, identificado con la cédula de ciudadanía número 19369679, la cual se hizo efectiva el 31 de enero de 2019, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0398 del 28 de marzo de 2019, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Juan de Jesús Rincón Rojas.

    En la Acusación Sustitutiva número 18-20616-CR-MARTINEZ(s), (también enunciada como Caso número 1:18-cr-20616-JEM y Caso número 18-206161-CR-Martínez/AOR) dictada el 12 de octubre de 2018, en la Corte Distrital de los Estados

    Unidos para el Distrito Sur de Florida, se le imputa al ciudadano requerido el siguiente cargo:

    "ACUSACIÓNDE REEMPLAZO

    El Gran Jurado emite la siguiente acusación: Desde alrededor de enero de 1999, la fecha exacta la desconoce el Gran Jurado, y continuando hasta la fecha en la que se radicó esta Acusación Formal, en los países de Colombia, Guatemala, Honduras, Costa Rica, México y en otros lugares, el acusado

    JUAN DE JESÚS RINCÓN ROJAS,

    Alias 'El Tío',

    con conocimiento y deliberadamente se combinó, conspiró, confederó y acordó con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, para distribuir una sustancia controlada de Categoría II, con la intención, el conocimiento y teniendo causa razonable para creer que dicha sustancia controlada se importaría ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de la Sección 959(a) del Título 21 del Código de los Estados Unidos; todo ello en contravención de la Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Con respecto a Juan de Jesús Rincón Rojas, alias 'El Tío', la sustancia controlada implicada en el concierto que se le puede atribuir como resultado de su propia conducta, y la conducta de otros cómplices que él debió de prever razonablemente, es cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, en contravención de las Secciones 963 y 960(b)(1)(B) del Título 21 del Código de los Estados Unidos..."1.

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 0398 del 28 de marzo de 2019, señaló:

    "El 19 de julio de 2018, con base en el cargo descrito en una acusación anterior, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida emitió un auto de detención para la captura de Juan de Jesús Rincón Rojas. Se puede emitir un auto de detención para la captura del acusado, pero no es necesario, por una acusación sustitutiva de la misma manera en que se hace con una acusación original, por lo tanto el auto de detención permanece válido y ejecutable".

    (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Juan de Jesús Rincón Rojas, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos internacionales, mediante Oficio DIAJI número 0782 del 29 de marzo de 2019, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y los Estados Unidos de América.

    Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que se encuentran vigentes para las Partes, las siguientes convenciones multilaterales en materia de cooperación judicial mutua:

    · La 'Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas', suscrita en Viena...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR