Resolución ejecutiva número 173 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 17 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 820117045

Resolución ejecutiva número 173 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51109

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 425/2018 del 23 de octubre de 2018, el Gobierno de España, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano Richard Smit Peña o Ellis Peña Char, requerido dentro del Sumario número 007/10, Rollo de Sala número 009/2010, para terminar de cumplir la condena de doce (12) años y un (1) día de prisión que le fue impuesta mediante Sentencia número 14/2013 del 13 de febrero de 2013 por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de Madrid, como autor responsable de un delito contra la salud pública por tráfico de drogas, tratándose de sustancia de la que causa grave daño a la salud (cocaína), con las agravantes específicas de notoria importancia, organización y en calidad de jefe de la misma y extrema gravedad, de conformidad con el auto del 23 de mayo de 2018 que acordó la busca, captura, detención e ingreso en prisión del mencionado ciudadano.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 25 de octubre de 2018, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Richard Smit Peña o Ellis Peña Char, identificado con la cédula de ciudadanía número 72314209 y número de registro de extranjeros X7692663Z, quien había sido retenido, el 18 de octubre de 2018, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol.

  3. Que, el Gobierno de España, a través de su Embajada en Colombia, mediante Nota Verbal número 008/2019 del 11 de enero de 2019, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano colombiano Richard Smit Peña o Ellis Peña Char.

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Richard Smit Peña o Ellis Peña Char, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 0101 del 14 de enero de 2019, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y el Reino de España.

    Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que se encuentran vigentes para las Partes, los siguientes tratados en materia de extradición: · La 'Convención de Extradición de Reos', suscrita en Bogotá, D. C., el 23 de julio de 1892.

    · El 'Protocolo modificatorio a la Convención de Extradición entre la República de Colombia y el Reino de España', adoptado en Madrid, el 16 de marzo de 1999...".

  5. Que perfeccionado el expediente de extradición del ciudadano Richard Smit Peña o Ellis Peña Char, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante Oficio número MJD-OFI19-0001007-1100 del 21 de enero de 2019, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia, mediante pronunciamiento del 25 de septiembre de 2019, habiendo encontrado cumplidos los requisitos que exigen las normas convencionales aplicables al caso, conceptuó favorablemente a la extradición del ciudadano colombiano Richard Smit Peña o Ellis Peña Char.

    Sobre el particular, la honorable Corporación precisó:

    "4. Concepto.

    Los razonamientos expuestos en precedencia, permiten tener por acreditadas las exigencias legales para conceptuar de manera FAVORABLE a la solicitud de extradición formalizada por el Reino de España a través de su Embajada en nuestro país, respecto de Richard Smit Peña o Ellis Peña Char, para que comparezca ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (Madrid), con el fin de que esa autoridad ejecute la sentencia condenatoria del 13 de febrero de 2013 que emitió en su contra.

    4.1. Si el Gobierno nacional concede la extradición, ha de garantizar al reclamado su permanencia en la nación requirente y su retorno a Colombia en condiciones de dignidad y respeto cuando llegare a ser sobreseída, absuelto, declarado no culpable o eventos similares; incluso, después de su liberación por haber cumplido la pena que le fuere impuesta.

    Del mismo modo, le corresponde exigir que el solicitado no sea juzgado por hechos diversos de los que motivaron la solicitud de extradición, ni sometido a sanciones distintas de las impuestas en la eventual condena, ni a penas de muerte, destierro, prisión perpetua o confiscación, desaparición forzada, torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes.

    De igual manera, debe condicionarla entrega de Richard Smit Peña o Ellis Peña Char a que se le...

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