Resolución ejecutiva número 187 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 21 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 851131667

Resolución ejecutiva número 187 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51474

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1489 del 16 de septiembre de 2019, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano venezolano Néstor José Urdaneta González, requerido para cumplir la condena que le fue impuesta el 11 de julio de 2013, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida, por el Cargo Uno (asociación delictuosa para cometer estafa por correo y estafa por medios electrónicos).

  2. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación (e), mediante Resolución del 17 de septiembre de 2019, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano venezolano Néstor José Urdaneta González, identificado con la Cédula de Identidad V-15.731.797, quien había sido detenido el 10 de septiembre de 2019, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1844 del 8 de noviembre de 2019, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Néstor José Urdaneta González.

    En la documentación que acompaña la solicitud se informa que contra Urdaneta González se dictó la acusación 8:12:cr-260-T-30AEP, dictada el 27 de junio de 2012, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida, por los siguientes delitos: "en el Cargo Uno, de asociación delictuosa para cometer estafa por correo, en violación de la Sección 1341 del Título 18 del Código de los Estados Unidos, y estafa por medios electrónicos, en violación de la Sección 1343 del Título 18 del Código de los Estados Unidos, todo ello en violación de la Sección 1349 del Título 18 del Código de los Estados Unidos; en los Cargos Dos, Tres, Cuatro y Cinco, de estafa por correo, en violación de las Secciones 1341 y 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos; en los Cargos Seis, Siete, Ocho y Nueve, de estafa por medios electrónicos, en violación de la Sección 1343y 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos... "1.

    Adicionalmente se menciona que Urdaneta González celebró un convenio de declaración de culpabilidad con los Estados Unidos en noviembre de 2012, en el cual Urdaneta González aceptó declararse culpable del Cargo Uno de la acusación formal en el que se lo acusó de asociación delictuosa para cometer estafa por correo y por medios electrónicos, en violación de la Sección 1349 del Título 18 del Código de los EE. UU.

    Se indica adicionalmente, que la declaración de culpabilidad de Urdaneta González fue aceptada por un juez de Distrito de los Estados Unidos el 17 de diciembre de 2012 y que el 11 de julio de 2013 tuvo lugar la audiencia en la que se le dictó el fallo y se le impuso la condena de 51 meses bajo la custodia del Buró de Prisiones de los Estados Unidos.

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 1844 del 8 de noviembre de 2019, señaló:

    "El 11 de julio de 2012, Urdaneta González fue capturado y posteriormente liberado quedando su juicio pendiente. El 11 de julio de 2013, Urdaneta González se declaró culpable y fue condenado a 51 meses de prisión con base en el Cargo Uno.

    (... ) Néstor Urdaneta González huyo desde los Estados Unidos hacia Venezuela, y el 12 de septiembre de 2013, no se presentó para cumplir su condena.

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Néstor José Urdaneta González, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 2928 del 12 de noviembre de 2019, conceptuó:

    "En atención a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que, en el caso en mención, es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano.".

  5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano Néstor José Urdaneta González, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante oficio número MJD-OFI19-0035123-DAI-1100 del 19 de noviembre de 2019, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  6. ...

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