Resolución ejecutiva número 192 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 6 de Agosto de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 736558969

Resolución ejecutiva número 192 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50677

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0860 del 7 de junio de 2013, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Diego Fernando Zuluaga Mejía, requerido para comparecer a juicio por un delito de tráfico de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación (e), mediante Resolución del 12 de julio de 2013, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Diego Fernando Zuluaga Mejía, identificado con la cédula de ciudadanía número 7554975, quien fue retenido el 8 de diciembre de 2017 por funcionarios de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol, siendo notificado de la orden de captura con fines de extradición el 13 de diciembre de 2017.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0208 del 5 de febrero de 2018, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Diego Fernando Zuluaga Mejía.

    En dicha nota se informa que este ciudadano es el sujeto de la acusación número 1220858- CR-LENARD/O'SULLIVAN, dictada el 15 de noviembre de 2012, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, por un delito de tráfico de narcóticos.

    En la acusación se le imputan los siguientes cargos:

    "ACUSACIÓN FORMAL El Gran Jurado expide la siguiente acusación formal:

    Comenzando en abril de 2011 y alrededor de esa fecha y continuando hasta el 3 de marzo de 2012 o alrededor de esa fecha, estando a bordo de una nave sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos, los acusados,

    (...)

    DIEGO FERNANDO ZULUAGA MEJÍA Alias "Marcos",

    con conocimiento e intención se aunaron, concertaron para delinquir, y acordaron conjuntamente y con otras personas conocidas y desconocidas por parte el (sic) gran jurado, para poseer con intención de distribuir una sustancia controlada, en violación de la Sección 70503(a)(1) del Título 46 del Código de los Estados Unidos; todo ello en violación de la Sección 70506(b) del Título 46 del Código de los Estados Unidos.

    Conforme a la Sección 70506(a) del Título 46 del Código de los Estados Unidos y la Sección 960(b)(1)(B) del Título 21 del Código de los Estados Unidos, además se alega que esta violación involucró cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia conteniendo una cantidad detectable de cocaína"1.

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 0208 del 5 de febrero de 2018, señala:

    "Un auto de detención contra Diego Fernando Zuluaga Mejía, por este cargo fue dictado el 15 de noviembre de 2012, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (... )

    Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Diego Fernando Zuluaga Mejía, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI número 0339 del 5 de febrero de 2018, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de...

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