Resolución ejecutiva número 202 de 2020, por la cual se rechaza el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 092 del 19 de agosto de 2020 - 3 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 851744671

Resolución ejecutiva número 202 de 2020, por la cual se rechaza el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 092 del 19 de agosto de 2020

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51487

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 dé 2004, conforme a lo previsto en los artículos 74, 77 y 78 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución Ejecutiva número 092 del 19 de agosto de 2020, el Gobierno nacional concedió la extradición del ciudadano francés Alexandre Settimo, portador del Pasaporte 11CK65570, requerido por el Juez de Instrucción del Tribunal de Gran Instancia de Burdeos, Francia, dentro del proceso No. JI-CABJ14-17000006, por la presunta comisión de los "delitos de importación no autorizada de estupefacientes cometida en banda organizada; transporte, posesión y adquisición no autorizados de estupefacientes y participación en una asociación ilícita con el propósito de preparar un crimen", de conformidad con la orden de detención emitida el 20 de febrero de 2019.

  2. Que la Resolución Ejecutiva número 092 del 19 de agosto de 2020 fue notificada por medio electrónico, el 25 de agosto de 2020, a la abogada defensora del ciudadano requerido, mediante oficio MJD-OFl20-0028448-DAl-1100 del 25 de agosto de 20201.

    El ciudadano francés Alexandre Settimo fue notificado personalmente del contenido de la Resolución Ejecutiva número 092 del 19 de agosto de 2020, el 4 de septiembre de 2020, en el establecimiento carcelario donde se encuentra recluido.

    Tanto al ciudadano requerido como a su defensora se les informó que contra la decisión del Gobierno nacional procedía el recurso de reposición, indicándoles que la oportunidad para hacerlo era dentro de los diez (10) días siguientes a la diligencia de notificación.

  3. Que estando dentro del término legal, la defensora del ciudadano francés Alexandre...

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