Resolución ejecutiva número 207 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 23 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 680246009

Resolución ejecutiva número 207 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50242

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1171 del 10 de julio de 2015, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Adrián Muñetón Arango, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 20 de octubre de 2015, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Adrián Muñetón Arango, identificado con la cédula de ciudadanía número 98452175, la cual se hizo efectiva el 12 de septiembre de 2016, por funcionarios de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 2181 del 9 de noviembre de 2016, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Adrián Muñetón Arango.

    En dicha Nota se informa que Adrián Muñetón Arango es requerido para comparecer a juicio por un delito de narcóticos. Señala que es el sujeto de la acusación número 4:14-CR 73, dictada el 9 de abril de 2014, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas, en la que se mencionan los siguientes cargos:

    "Cargo Uno.

    Violación & 846 del T.21 del C. de EE.UU. (Concierto para poseer con intención de elaborar y distribuir cocaína).

    "Que desde alguna fecha en enero de 2008 o alrededor de esa fecha, y continuando hasta el 30 de agosto de 2013 e incluyendo esta fecha, en el Distrito Este de Texas y en otros lugares, (...)"

    Adrián Muñetón alias "Adrián", "ElPatrón", "El Jefe", "Muñetón",

    (...)" acusados, a sabiendas e intencionalmente se aunaron, concertaron para delinquir y acordaron conjuntamente unos con otros y con otras personas conocidas y desconocidas por parte del gran jurado de los Estados Unidos, para a sabiendas e intencionalmente poseer con intención de elaborar y distribuir cinco kilogramos o más de una mezcla o sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de la categoría II, en violación de la & 841 (a)(1) del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Todo ello en violación de la & 846 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Cargo Dos.

    Violación: & 963 del T. 21 del C. de EE.UU. (Concierto para importar cocaína y elaborar y distribuir cocaína con la intención y sabiendo que la cocaína sería importada ilícitamente a los Estados Unidos).

    "Que desde alguna fecha en enero de 2008 o alrededor de esa fecha, y continuando hasta el 30 de agosto de 2013, incluyendo esta fecha, en la República de Colombia, la República de México, el Distrito Este de Texas y en otros lugares, (... )

    Adrián Muñetón alias "Adrián", "El Patrón", "El Jefe", "Muñetón",

    (...)" acusados, a sabiendas e intencionalmente se aunaron, concertaron para delinquir y acordaron conjuntamente unos con otros y con otras personas conocidas y desconocidas por parte del gran jurado de los Estados Unidos, para cometer los siguientes delitos contra los Estados Unidos: (1) a sabiendas e intencionalmente importar cinco (5) kilogramos o más de una mezcla o sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de la categoría II, a los Estados Unidos desde las Repúblicas de Colombia y México, en violación de las && 952 y 960 del Título 21 del Código de los Estados Unidos, y (2) a sabiendas e intencionalmente elaborar y distribuir cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de la categoría II, con la intención y sabiendo que dicha sustancia sería importada ilícitamente a los Estados Unidos, en violación de las && 952y 960 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Todo ello en violación de la & 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Cargo Tres

    Violación: & 959 del T. 21 del C. de EE.UU y & 2 del T. 18 del C. de EE.UU. (Elaboración y distribución de cocaína con la intención y sabiendo que la cocaína sería importada ilícitamente a los Estados Unidos).

    Que desde alguna fecha en enero de 2008 o...

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