Resolución ejecutiva número 227 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 27 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 828350561

Resolución ejecutiva número 227 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51150

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0965 del 20 de junio de 2018, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición de la ciudadana colombiana Adriana del Socorro Hoyos Castaño, requerida para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 12 de julio de 2018, decretó la captura con fines de extradición de la ciudadana colombiana Adriana del Socorro Hoyos Castaño, identificada con la cédula de ciudadanía número 43493947, la cual se hizo efectiva el 12 de agosto de 2018, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1759 del 5 de octubre de 2018, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición de la ciudadana Adriana del Socorro Hoyos Castaño.

    En la primera acusación sustitutiva número 4:17CR181 (también enunciada como Caso 4:17-cr-00181-ALM-KPJ), dictada el 14 de febrero de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas, se le imputan a la ciudadana requerida los siguientes cargos:

    'PRIMERA ACUSACIÓN DE REEMPLAZO

    EL GRAN JURADO DE LOS ESTADOS UNIDOS IMPUTA

    Cargo Uno

    Violación: Título 21 del Cód. de EE.UU. Sección. 963 (Concierto para elaborar y distribuir cocaína con la intención a sabiendas y con causa razonable para creer que la cocaína sería importada ilícitamente a los Estados Unidos) Que en algún momento en el año 2008, o alrededor de esa fecha, y continuando a partir de entonces hasta e incluso la fecha de la presente Primera acusación de reemplazo, en las Repúblicas de Colombia, Panamá, Costa Rica, Guatemala y México, y en otros lugares: (...), Adriana del Socorro Hoyos Castaño, alias "Linda" (...) los acusados, a sabiendas e intencionalmente se combinaron, conspiraron y concordaron con otras personas conocidas y desconocidas por parte del gran jurado de los Estados Unidos, para a sabiendas e intencionalmente elaborar y distribuir cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de la Categoría II, con la intención, a sabiendas y teniendo causa razonable para creer que dicha sustancia sería importada ilegalmente a los Estados Unidos, en violación de lo dispuesto en el Título 21 del Código de los Estados Unidos, Sección 959(a) y 960.

    En violación de lo dispuesto en el Título 21 del Código de EE.UU., Sección 963.

    Cargo Dos

    Violación: Título 21 del Cód. de EE.UU. Sección. 959 y Título 18 del Cód. de EE.UU. Secc. 2 (Elaboración y distribución de cinco kilogramos o más de cocaína con la intención, a sabiendas y con causa razonable para creer que la cocaína sería importada ilícitamente a los Estados Unidos).

    Que en algún momento en el año 2008, o alrededor de esa fecha, y continuando a partir de entonces hasta e incluso la fecha de la presente Primera acusación de reemplazo, en las Repúblicas de Colombia, Panamá, Costa Rica, Guatemala y México, y en otros lugares: (...), Adriana del Socorro Hoyos Castaño, alias "Linda" (...) los acusados, ayudados e Instigados entre sí, a sabiendas e intencionalmente elaboraron y distribuyeron cinco kilogramos o más de una sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de la Categoría II, con la intención, a sabiendas y con causa razonable para creer que dicha cocaína sería importada ilícitamente a los Estados Unidos.

    En violación de lo dispuesto en el Título 21 del Código de EE.UU., Sección 959y el Título 18 del Código de EE.UU., Sección 2..."1

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 1759 del 5 de octubre de 2018, señaló:

    "El 14 de febrero de 2018, con base en los cargos descritos de la primera acusación sustitutiva, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas emitió un auto de detención para la captura de Adriana del Socorro Hoyos Castaño. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable." (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997..."

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición de la ciudadana Adriana del Socorro Hoyos Castaño, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a...

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