Resolución ejecutiva número 242 de 2019, por la cual se da por terminado un trámite de extradición - 9 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 829840961

Resolución ejecutiva número 242 de 2019, por la cual se da por terminado un trámite de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51162

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 090 del 25 de abril de 2017, el Gobierno de la República Federativa del Brasil, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la extradición del ciudadano colombiano Fransis Ariel Valbuena Carrillo, requerido por el Tribunal Regional Federal de la 1a Región, Sección Judicial del Estado del Amazonas 2a Vara Criminal, para cumplir la condena de quince (15) años y cuatro (4) meses de prisión, que le fue impuesta mediante Sentencia del 11 de septiembre de 2006, por los delitos de "tráfico de estupefacientes y asociación para el tráfico".

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 26 de abril de 2017, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Fransis Ariel Valbuena Carrillo, identificado con Cédula de Ciudadanía número 12238630, quien había sido detenido el 19 de abril de 2017, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 151 del 21 de junio de 2017, el Gobierno de la República Federativa del Brasil, a través de su Embajada en Colombia, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Fransis Ariel Valbuena Carrillo.

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Fransis Ariel Valbuena Carrillo, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI número 1414 del 22 de junio de 2017, señaló que:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y la República Federativa del Brasil.

    En consecuencia, y una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR