Resolución ejecutiva número 245 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 12 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 829950285

Resolución ejecutiva número 245 de 2019, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51165

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0726 del 10 de mayo de 2018, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Kevin Alejandro Ruiz Vivas, requerido para comparecer a juicio por un delito de tráfico de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 15 de mayo de 2018, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Kevin Alejandro Ruiz Vivas, identificado con la cédula de ciudadanía número 1121932187, la cual se hizo efectiva el 24 de mayo de 2018 por miembros de Dirección de Investigación Criminal e Interpol, Seccional DIRAN, de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1168 del 19 de julio de 2018, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Kevin Alejandro Ruiz Vivas.

    En la acusación número 17- 20908 - CR - Scola/Torres, dictada el 19 de diciembre de 2017, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, se le imputa el siguiente cargo:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    El gran jurado imputa lo siguiente: Empezando alrededor del mes de septiembre de 2016, siendo la fecha exacta desconocida para el gran jurado, y continuando hasta alrededor del 2 de septiembre de 2017, en los países de Colombia, loa República Dominicana, Guatemala y otros lugares, los acusados: (...)

    Kevin Alejandro Ruiz Vivas alias "La Gorda"

    (■■■), a sabiendas e intencionalmente se combinaron, concertaron y concordaron con otras personas conocidas y desconocidas del gran jurado, para distribuir una sustancia controlada, a bordo de una aeronave registrada en los Estados Unidos, en violación de lo dispuesto en el Título 21 del Código de los Estados Unidos, Sección 959 (c)(1); todo ello en violación de lo dispuesto en el Título 21 del Código de los Estados Unidos, Sección 963.

    Conforme a lo dispuesto en el Título 21 del Código de los Estados Unidos, Sección 960(b)(1)(B), se alega además que esta violación Implicó cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína.

    Conforme a lo dispuesto en el Título 21 del Código de los Estados Unidos, Sección 960(b)(1)(A), se alega además que esta violación implicó un (1) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía detectable de heroína..."1.

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 1168 del 19 de julio de

    2018, señaló:

    "El 19 de diciembre de 2017, con base en el cargo descrito en la acusación, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida emitió un auto de detención para la captura de Kevin Alejandro Vivas. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable".

    (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Kevin Alejandro Ruiz Vivas, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 1971 del 23 de julio de 2018, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y los Estados Unidos de América.

    Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que se encuentra vigente para las Partes, la siguiente convención multilateral en materia de cooperación judicial mutua:

    1 Folios 122 y siguientes del Cuaderno del Ministerio de Justicia y del Derecho.

    · La 'Convención de...

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