Resolución ejecutiva número 252 de 2018, por la cual se niega una solicitud de extradición - 21 de Septiembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 740006305

Resolución ejecutiva número 252 de 2018, por la cual se niega una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50723

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Notas Verbales números 36, 37 y 44 del 1, 5 y 7 de febrero de 2018, respectivamente, el Gobierno de la República Federativa del Brasil, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Carlos Alberto Guinand Bui-trago, requerido por el Juzgado Federal de la Subdirección Jurídica de Taba-tinga / AM, -Sección Judicial del Estado Judicial del Estado de Amazonas, dentro de la Causa Penal número 672-18-2015.4.01.3201, de conformidad con la Orden de Aprehensión número 08 de 2016, proferido el 27 de septiembre de 2016, por los delitos de ejercicio de la medicina sin autorización legal, falsificación, corrupción, adulteración o alteración de productos destinados a fines terapéuticos o medicinales.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 2 de febrero de 2018, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Carlos Alberto Guinand Buitrago, identificado con cédula de ciudadanía número 19478895, quien había sido detenido el 28 de enero de 2018, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol.

  3. Que mediante Nota Verbal número 093 del 15 de marzo de 2018, la Embajada de la República Federativa del Brasil en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Carlos Alberto Guinand Buitrago.

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Carlos Alberto Guinand Buitrago, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio número S-DIAJI-18-008146 del 15 de marzo de 2018, señaló que:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y la República Federativa del Brasil.

    En consecuencia, y una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es de indicar que se encuentra vigente el 'Tratado de Extradición' entre la República Federativa de Brasil y la República de Colombia', suscrito en Rio de Janeiro, el 28 de diciembre de 1938...".

  5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano Carlos Alberto Guinand Buitrago, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante Oficio número OFI18-0228-DAI-1100 del 9 de mayo de 2018, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del 5 de septiembre de 2018, por no haber cumplido con los requisitos que exigen las normas aplicables al caso, conceptuó desfavorablemente a la extradición del ciudadano Carlos Alberto Guinand Buitrago, teniendo en cuenta que no se cumple el presupuesto de la doble incriminación.

    Sobre el particular la Honorable Corporación manifestó:

    "Pues bien, si el delito de ejercicio de la medicina sin autorización legal atribuido a Carlos Alberto...

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