Resolución ejecutiva número 255 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 15 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 649244993

Resolución ejecutiva número 255 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49997

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, a través de su Embajada en nuestro país, mediante Notas Verbales números II.2.C6.E3 000208 y 000328 del 21 y 29 de enero de 2016, respectivamente, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombo-venezolano Víctor Manuel Consuegra Rocha, requerido por el Juzgado Décimo Sexto Estadal de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con la orden de aprehensión del 20 de agosto de 2015, corregida el 20 de enero de 2016, por la presunta comisión del delito de homicidio calificado.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante Resolución del 22 de enero de 2016, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombo- venezolano Víctor Manuel Consuegra Rocha, identificado con la Cédula de Identidad Venezolana número V-14-388.895, también conocido como Víctor Manuel Pérez Morales con cédula de ciudadanía colombiana número 1043984166, quien había sido detenido el 15 de enero de 2016, con fundamento en una circular roja de Interpol y notificado de la orden de captura con fines de extradición el 22 de enero de 2016.

  3. Que el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela a través de su Embajada en nuestro país mediante Nota Verbal II.2.C6.E3 número 001355 del 11 de abril de 2016, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano colombo-venezolano Víctor Manuel Consuegra Rocha.

  4. Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 0815 del 11 de abril de 2016, conceptuó que:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que en caso de proceder con sujeción a los instrumentos internacionales vigentes entre la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela.

    En consecuencia, y una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es de indicar que se encuentra vigente para los dos Estados, el 'Acuerdo sobre extradición', adoptado en Caracas, el 18 de julio de 1911...".

  5. Que perfeccionado así el expediente de la solicitud de extradición del ciudadano colombo- venezolano, Víctor Manuel Consuegra Rocha, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante oficio número OFI16-0009655-OAI-1100 del 19 de abril de 2016, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del 31 de agosto de 2016, habiendo encontrado cumplidos para el cargo los requisitos que exigen las normas aplicables al caso, conceptuó favorable a la extradición del ciudadano Víctor Manuel Consuegra Rocha.

    En relación con la identidad de ciudadano requerido la Honorable Corporación manifestó:

    "La identificación plena del requerido

    El artículo 8º del acuerdo en cita, según se anotó, prevé que la documentación soporte de la petición de extradición ha de incluir "en cuanto sea posible, las señas de la persona reclamada", con el objeto de constatar que se trata del mismo individuo cuya entrega se encuentra en curso de resolver.

    De esta forma, se tiene que las autoridades foráneas aportaron copia de la tarjeta alfabética correspondiente a la cédula de identidad número 14.388.895 expedida a nombre de Víctor Manuel Consuegra Rocha, nacido el 10 de agosto de 1979 en Cartagena (Colombia), hijo de José Consuegra Criado y Carmen Rocha de Consuegra y cuyos generales de ley coinciden con los que reportó la Policía Nacional como del ciudadano a quien se le enteró en su momento de la orden de captura con fines de extradición proferida por la Fiscalía General de la Nación el 22 de enero de 2016, aspecto corroborado...

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