Resolución ejecutiva número 264 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 4 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 741598665

Resolución ejecutiva número 264 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50736

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0177 del 29 de enero de 2018, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Jair Alberto Molina Pérez, requerido para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, la Fiscal General de la Nación (e) mediante Resolución del 30 de enero de 2018, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Jair Alberto Molina Pérez, identificado con la Cédula de Ciudadanía número 70471415, quien había sido retenido el 23 de enero de 2018, por funcionarios de la Delegada contra la Criminalidad Organizada - Grupo Estupefacientes DEA SIU Costa Norte de la Fiscalía General de la Nación, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0479 del 23 de marzo de 2018, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Jair Alberto Molina Pérez.

    La Misión Diplomática informa que este ciudadano es el sujeto de la acusación número 18CR0196CAB (también enunciada como 18cr0196-CAB), dictada el 9 de enero de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de California, en la que se le imputan los siguientes cargos:

    "ACUSACIÓN FORMAL (...) El Jurado Indagatorio imputa: Cargo 1 A partir de una fecha desconocida y continuando hasta diciembre de 2017 inclusive, o alrededor de dicha fecha, los acusados Jair Alberto Molina Pérez, alias "Chicle", y (...), quienes ingresarán primero a los Estados Unidos en el Distrito Meridional de California, efectivamente a sabiendas y voluntariamente conspiraron entre sí y con terceros, tanto conocidos como desconocidos para el Jurado indagatorio, afin de poseer con la Intención de distribuir 5 kilogramos o más de cocaína, una sustancia controlada Categoría II, a bordo de una nave sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos; en contravención de las Secciones 70503 y 70506(b) del Título 46 del Código de los Estados Unidos.

    Cargo 2 A partir de una fecha desconocida para el gran jurado indagatorio y continuando hasta noviembre de 2017 inclusive, en los países de Colombia, Guatemala, Costa Rico (sic), México y otros, los acusados Jair Alberto Molina Pérez, alias "Chicle", y (...), quienes ingresarán primero a los Estados Unidos en el Distrito Meridional de California, a sabiendas e intencionalmente conspiraron entre sí y con personas conocidas y desconocidas para el jurado indagatorio a fin de distribuir y facilitar la distribución de una sustancia controlada, a saber: 5 kilogramos y más de una mezcla y sustancia que contiene una cantidad detectable de cocaína, que es una sustancia controlada de Categoría II; con la intención, a sabiendas y teniendo causa razonable para creer que dicha cocaína sería importada ilícitamente a los Estados Unidos, todo ello en contravención de las disposiciones de las Secciones 959, 960 y 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos..."1.

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 0479 del 23 de marzo de 2018, señala:

    "Un auto de detención contra Jair Alberto Molina Pérez por estos cargos fue dictado el 9 de enero de 2018, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (...) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Jair...

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