Resolución ejecutiva número 274 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 19 de Julio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 688850953

Resolución ejecutiva número 274 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50299

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1589 del 31 de agosto de 2016, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Marco Antonio Robayo Barbosa, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 19 de enero de 2017, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Marco Antonio Robayo Barbosa, identificado con la Cédula de Ciudadanía número 79110564, la cual se hizo efectiva el 2 de marzo de 2017, por miembros de la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0505 del 26 de abril de 2017, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Marco Antonio Robayo Barbosa.

    En dicha Nota se informa que este ciudadano es el sujeto de la Acusación número 1:15-CR-168 (también enunciada como 1:15-cr-168), dictada el 18 de junio de 2015, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Virginia, en la que se menciona los siguientes cargos:

    "ACUSACIÓN FORMAL Período de junio de 2015 - en Alexandria, Virginia: CARGO 1 EL GRAN JURADO HACE LA SIGUIENTE ACUSACIÓN: (Asociación delictuosa para distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, a sabiendas y con la intención de que se importaran ilícitamente a los Estados Unidos).

    Desde el año 2012, y alrededor de esa fecha, y continuando hasta o cerca de la fecha de esta acusación formal, el gran jurado desconoce las fechas exactas, dentro de la jurisdicción de los Estados Unidos y por un delito que se inició y se cometió fuera de la jurisdicción de una (sic) estado o distrito en particular, los acusados, (...), y Marco Antonio Robayo Barbosa, y otros que el gran jurado conoce y desconoce, quienes serán llevados ante el Distrito Este de Virginia por primera vez, a sabiendas e intencionalmente, se unieron, conspiraron, confabularon, y se pusieron de acuerdo unieron, conspiraron, confabularon, y se pusieron de acuerdo para cometer el siguiente delito en contra de los Estados Unidos: distribuir, a sabiendas e intencionalmente, cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia regulada de categoría II, con conocimiento y con la intención de que dicha sustancia se importara ilícitamente a los Estados Unidos, en contravención de la Sección 959(a) y 960 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    (En contravención de la Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos).

    CARGO 2 EL GRAN JURADO ADEMÁS HACE LA SIGUIENTE ACUSACIÓN (Ayudaron e instigaron la distribución de cinco kilogramos o más de cocaína, a sabiendas y con la intención de que se importara ilícitamente a los Estados Unidos) El 31 de octubre de 2013, o alrededor de esa fecha, los acusados, (...) y Marco Antonio Robayo Barbosa, dentro de la jurisdicción de los Estados Unidos y por un delito que se inició y se cometió fuera de la jurisdicción de un estado o distrito en particular, y quienes serán llevados por primera vez ante el Distrito Este de Virginia, a sabiendas e intencionalmente, ayudaron e instigaron la distribución de cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia de contenía una cantidad detectadle de cocaína, una sustancia regulada de categoría II, a sabiendas y con la intención de que dicha sustancia se importara ilícitamente a los Estados Unidos.

    (En contravención de la Sección 959(a) del Título 21 del Código de los Estados Unidos, y la Sección 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos).

    (... ) Adicionalmente en la Nota Verbal número...

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