Resolución ejecutiva número 276 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 19 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 743449761

Resolución ejecutiva número 276 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50751

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0205 del 5 de febrero de 2018, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición de la ciudadana colombiana Cecilia del Carmen Tobar Iris, requerida para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos y delitos relacionados con concierto para delinquir.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 19 de febrero de 2018, decretó la captura con fines de extradición de la ciudadana Cecilia del Carmen Tobar Iris, identificada con la cédula de ciudadanía número 52308212, la cual se hizo efectiva el 7 de mayo de 2018, por miembros de la Fiscalía General de la Nación.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1014 del 28 de junio de 2018, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición de la ciudadana Cecilia del Carmen Tobar Iris.

    En dicha Nota se informa que esta ciudadana es el sujeto de la Primera Acusación Sustitutiva número 4:17 CR12 (también enunciada como 4:17 - cr- 00012 - 12 - ALM-KPJ y Caso número 4:17 cr-00012-14-ALM), dictada el 9 de agosto de 2017, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas, en la que se menciona los siguientes cargos:

    "PRIMERA ACUSACIÓN FORMAL DE REEMPLAZO

    EL GRAN JURADO DE LOS ESTADOS UNIDOS EXPIDE LA SIGUIENTE ACUSACIÓN DE REEMPLAZO:

    Cargo Uno

    Violación: &.963 del T.21, del C. de EE.UU., (Confabulación para elaborar y distribuir cocaína con la intención, con conocimiento y con causa razonable para creer que la cocaína sería importada ilícitamente a los Estados Unidos).

    Que en 2015, o alrededor de esa fecha, y continuando hasta e incluyendo la fecha de la Primera Acusación de Reemplazo, en las Repúblicas de Colombia, Panamá, Costa Rica, Guatemala y México, y en otros lugares, (...) Cecilia del Carmen Tobar Iris, alias "La Coma", (...), acusados, con el conocimiento e intención se aunaron, se confabularon y acordaron conjuntamente con otras personas conocidas y desconocidas por parte del gran jurado, para con conocimiento e intención de elaborar y distribuir cinco kilogramos 0 más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de la categoría II, con la intención, con conocimiento y teniendo causa razonable para creer que dicha sustancia sería importada ilícitamente a los Estados Unidos, en violación de las Secciones 959(a) y 960 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Todo ello en violación de la Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Cargo Dos

    Violación: S.959 del T.21, del Código de los EE.UU., y &.2 del T. 18, del Código de los EE. UU. (Elaborar y distribuir cinco kilogramos o más de cocaína con la intención, con conocimiento y con causa razonable para creer que la cocaína sería importada ilícitamente a los Estados Unidos).

    Que en 2015, o alrededor de esa fecha, y continuando hasta e incluyendo la fecha de la Primera Acusación de Reemplazo, en las Repúblicas de Colombia, Panamá, Costa Rica, Guatemala y México, y en otros lugares, (...) Cecilia del Carmen Tobar Iris, alias "La Coma", (...), acusados, ayudándose e instigándose conjuntamente, con conocimiento e intención elaboraron y distribuyeron cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de la categoría II, con la intención, con conocimiento y con causa razonable para creer que dicha sustancia sería importada ilícitamente a los Estados Unidos.

    Todo ello en violación de la & 959 del Título 21 del Código de los Estados Unidos y la & 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos1.

    (...)

    Adicionalmente en la Nota Verbal número 1014 del 28 de junio de 2018, señala para este caso que:

    "Un auto de detención contra Cecilia del Carmen Tobar Iris por estos cargos fue dictado el 9 de agosto de 2017, por orden de la Corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (.) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición de la ciudadana Cecilia del Carmen Tobar Iris, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos...

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