Resolución ejecutiva número 304 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 24 de Agosto de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 692225277

Resolución ejecutiva número 304 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50335

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0952 del 8 de junio de 2016, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Manuel Luis Gutiérrez Gómez, requerido para comparecer a juicio por un delito de concierto para traficar narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 21 de junio de 2016, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Manuel Luis Gutiérrez Gómez, identificado con la Cédula de Ciudadanía número 84035118, la cual se hizo efectiva el 31 de marzo de 2017, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0674 del 24 de mayo de 2017, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Manuel Luis Gutiérrez Gómez, precisando que este ciudadano es requerido para comparecer a juicio en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida.

    En la Acusación número 8:14-CR-479-T-26MAP, dictada el 21 de noviembre de 2014 en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida, División de Tampa, se menciona el siguiente cargo:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    El Gran Jurado emite la siguiente acusación:

    CARGO UNO

    Desde por lo menos el 2008 hasta por lo menos enero de 2012, o alrededor de esa fecha, el acusado, Manuel Gutiérrez Gómez, con conocimiento y deliberadamente conspiró con otras personas, conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, algunos de los que entraron primero a los Estados Unidos por el Distrito Central de Florida, para poseer con la intención de distribuir cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II estando a bordo de una embarcación sujeta a la Jurisdicción Unidos, en contravención de las disposiciones de la Sección 70503(a)(1) del Título 46 del Código de los Estados Unidos.

    En contravención de las Secciones 70506(a) y (b) del Título 46 del Código de los Estados Unidos y la Sección 960(b)(1)(B)(ii) del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 0674 del 24 de mayo de 2017, señala:

    "Un auto de detención contra Manuel Luis Gutiérrez Gómez por este cargo fue dictado el 21 de noviembre de 2014, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Manuel Luis Gutiérrez Gómez, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI número 1156 del 24 de mayo de 2017, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y los Estados Unidos de América.

    Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que se encuentra vigente para las Partes, la siguiente convención multilateral en materia de cooperación judicial mutua:

    · La 'Convención de Naciones Unidas contra el...

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