Resolución ejecutiva número 304 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 31 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 744379873

Resolución ejecutiva número 304 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50763

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0981 del 6 de julio de 2017, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Hugo Jiménez Molina, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de falsificación de moneda.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 7 de julio de 2017, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Hugo Jiménez Molina, identificado con la cédula de ciudadanía número 16734327, quien había sido retenido el 29 de junio de 2017, por funcionarios de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1345 del 24 de agosto de 2017, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Hugo Jiménez Molina.

    La Misión Diplomática informó que Hugo Jiménez Molina es el sujeto de la acusación número 17-20434-CR-COOKE, (también enunciada como 17-20434-CR- COOKE/

    GOODMAN), dictada el 23 de junio de 2017, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida.

    En la mencionada acusación se le imputan los siguientes cargos:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    El Gran Jurado emite la siguiente acusación:

    CARGOS 1 al 4

    Actos de falsificación cometidos fuera de los Estados Unidos

    (S470, T.18, CEE UU)

    En las fechas establecidas más adelante, en la República de Colombia, y en otros lugares fuera de la jurisdicción de ningún Estado o distrito particular, el acusado,

    Hugo Jiménez Molina,

    con conocimiento hizo, negoció y poseyó algunas obligaciones falsificadas de los Estados Unidos, es decir, Billetes de la Reserva Federal falsificados, fuera de los Estados Unidos, y vendió, intercambió y entregó algunas obligaciones falsificadas de los Estados Unidos, con intención de que las mismas pasaran, se publicaran y usaran como verdaderas y genuinas, como se especifica en cada cargo a continuación:

    En contravención de las Secciones 470 y 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos..."1.

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 0681 del 3 de mayo de 2018, señala:

    "Un auto de detención contra Hugo Jiménez Molina, por el cargo descrito en la segunda acusación sustitutiva, fue dictado el 21 de marzo de 2018, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (...) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Hugo Jiménez Molina, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 1998 del 25 de agosto de 2017, conceptuó que en el caso en mención es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano.

  5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano Hugo Jiménez Molina, el Ministerio de Justicia y del Derecho...

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