Resolución ejecutiva número 330 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 23 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 654155901

Resolución ejecutiva número 330 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50066

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0906 del 2 de junio de 2016, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Juan Pablo Revelo Salcedo, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación (e), mediante Resolución del 8 de junio de 2016, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Juan Pablo Revelo Salcedo, identificado con la cédula de ciudadanía número 87551614, la cual se hizo efectiva el 11 de junio de 2016 por miembros de la Fiscalía General de la Nación.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1396 del 9 de agosto de 2016, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Juan Pablo Revelo Salcedo.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "Juan Pablo Revelo Salcedo es requerido para comparecer ajuicio por delitosfederales de narcóticos. Es el sujeto de la acusación sustitutiva número 4:15CR155 (también enunciada como 4:15cr 155 (Crone), dictada el 12 de noviembre de 2015, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas, mediante la cual se le acusa de: -- Cargo Uno: Concierto para poseer con la intención de fabricar y distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, en violación del Título 21, Secciones 846y 841 (a)(1) del Código de los Estados Unidos; -- Cargo Dos: Concierto para importar cinco kilogramos o más de cocaína a los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 963, 952 y 960 del Código de los Estados Unidos; y -- Cargo Tres: Fabricación y distribución de cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención y el conocimiento de que la cocaína sería ilegalmente importada a los Estados

    Unidos, y ayuda y facilitación de dicho delito, en violación del Título 21, Sección 959 del Código de los Estados Unidos; y del Título 18, Sección 2 del Código de los Estados Unidos.

    (... ) Un auto de detención contra Juan Pablo Revelo Salcedo por estos cargos fue dictado el 14 de agosto de 2015, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Juan Pablo Revelo Salcedo, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 1794 del 9 de agosto de 2016, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a los instrumentos internacionales vigentes entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América.

    En consecuencia, es preciso señalar que, se encuentra vigente para las Partes, la 'Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas', suscrita en Viena el 20 de diciembre de 19881. En ese sentido, el artículo 6º, numerales 4 y 5 del precitado tratado disponen lo siguiente:

    '[...] 4. Las Partes que no supediten la extradición a la existencia de un tratado reconocerán los...

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