Resolución ejecutiva número 344 de 2017, por la cual se decide la solicitud de revocatoria directa de las Resoluciones Ejecutivas números 150 del 5 de abril de 2017 y 242 del 16 de junio de 2017 - 3 de Octubre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 694504649

Resolución ejecutiva número 344 de 2017, por la cual se decide la solicitud de revocatoria directa de las Resoluciones Ejecutivas números 150 del 5 de abril de 2017 y 242 del 16 de junio de 2017

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50375

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, conforme a lo previsto en los artículos 93 y ss. del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución Ejecutiva número 150 del 5 de abril de 2017, el Gobierno nacional concedió la extradición del ciudadano colombiano Germán Muñoz Hoyos identificado con la cédula de ciudadanía número 10268158, para que comparezca a juicio ante las autoridades de los Estados Unidos de América por el cargo de "concierto para distribuir cinco kilogramos o más de mezclas y sustancias que contenían una cantidad perceptible de cocaína, con el conocimiento y la intención que dichas sustancias serían ilegalmente importadas a los Estados Unidos", mencionado en la acusación número 1 15- CR-314 (también enunciada como el caso número 1:15-cr-314), dictada el 18 de agosto de 2015, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Georgia.

  2. Que interpuesto el recurso de reposición por el defensor, el Gobierno nacional, a través de la Resolución Ejecutiva número 242 del 16 de junio de 2017, confirmó la decisión de conceder la extradición del ciudadano colombiano Germán Muñoz Hoyos.

  3. Que mediante memorial radicado en el Ministerio de Justicia y del Derecho, el día 14 de agosto de 2017, el defensor solicita la revocatoria directa de las Resoluciones Ejecutivas números 150 del 5 de abril de 2017 y 242 del 16 de junio de 2017, con fundamento en las causales 1a y 3a del artículo 93 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

    En respaldo de su solicitud, el apoderado considera que las decisiones emitidas por el Gobierno nacional sobre la extradición del señor Muñoz Hoyos, son inconstitucionales y asegura que este ciudadano se encuentra incluido en las listas entregadas al Gobierno nacional por los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia - Farc-EP; como soporte de su afirmación, aporta el oficio OFI17-00084919 / JMSC 112000 del 11 de julio de 2017, emitido por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz.

    Agrega que debido a la incorporación del Acto Legislativo del 4 de abril de 2017 a la Constitución Política, se encuentra vigente la garantía de no extradición para los miembros de dicha organización, frente a las conductas delictivas cometidas durante el conflicto armado interno.

    Así mismo, manifiesta que la ley favorable aun cuando sea posterior, debe aplicarse en el presente caso.

    Afirma que de mantener vigentes los actos administrativos objeto de la solicitud de revocatoria, se causa un agravio injustificado al ciudadano requerido, de conformidad con el numeral 3 del artículo 93 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

    En forma subsidiaria, solicita al Gobierno nacional se suspendan las decisiones aquí enunciadas, hasta tanto se consoliden los listados definitivos de las Farc-EP.

  4. Que en relación con los argumentos expuestos por el apoderado judicial, orientados a la revocatoria directa de los actos administrativos por medio de los cuales se concedió la extradición del ciudadano colombiano Germán Muñoz Hoyos, el Gobierno nacional considera:

    De acuerdo con el Consejo de Estado1, "la revocatoria directa está concebida como una prerrogativa de control de la misma administración sobre sus actos que le permite volver a decidir sobre asuntos ya decididos en procura de corregir en forma directa o a petición de parte, las actuaciones lesivas de la constitucionalidad, de la legalidad, o de derechos fundamentales".

    Las causales están consagradas en el artículo 93 del Código de Procedimiento...

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