Resolución ejecutiva número 362 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 17 de Octubre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 695160213

Resolución ejecutiva número 362 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50389

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0199 del 17 de febrero de 2017, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano costarricense César Rivera Blandón, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 21 de febrero de 2017, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano costarricense César Rivera Blandón, identificado con documento de identidad de Costa Rica número 603030724, quien había sido detenido el 14 de febrero de 2017, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0422 del 5 de abril de 2017, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano costarricense César Rivera Blandón.

    En dicha Nota se informa que este ciudadano es el sujeto de la Acusación número 4:17 CR12, dictada el 9 de febrero de 2017, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas, en la que se menciona los siguientes cargos:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    EL GRAN JURADO DE LOS ESTADOS UNIDOS EMITE LA SIGUIENTE ACUSACIÓN:

    Cargo Uno

    Violación: S.963, T.21, C EE UU (Concierto para elaborar y distribuir cocaína con la intención, el conocimiento y con causa razonable para creer que la cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos).

    Que desde alguna fecha en el 2015, o alrededor de esa fecha, y continuando hasta incluso la fecha de esta acusación formal, en las Repúblicas de Colombia, Panamá, Costa Rica, Guatemalay México, y en otros lugares, (...) César Rivera Blandón, alias "Trompo", (...), los acusados, con conocimiento e intencionalmente se combinaron, confabularon y acordaron con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado de Estados Unidos, para con conocimiento e intencionalmente elaborar y distribuir cinco kilogramos 0 más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de categoría II, con la intención, conocimiento y teniendo causa razonable para creer que dicha sustancia se importaría ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de las Secciones 959(a) y 960 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    En contravención de la Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos

    Cargo Dos

    Violación: S.959, T.21, C EE UU y S.2, T. 18, C EE UU: (Elaboración y distribución de cinco kilogramos o más de cocaína con la intención, el conocimiento y con causa razonable para creer que la cocaína se importaría ilegalmente a los Estados Unidos).

    Que desde una fecha en el 2015, o alrededor de esa fecha, y continuando de allí en adelante hasta incluso lafecha de esta declaración jurada, en las Repúblicas de Colombia, Panamá, Costa Rica, Guatemala y México, y en otros lugares, (...) César Rivera Blandón, alias "Trompo", (...), los acusados, con conocimiento e intencionalmente se combinaron, confabularon y acordaron con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado de Estados Unidos, para con conocimiento e intencionalmente elaborar y distribuir cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia...

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