Resolución ejecutiva número 381 de 2014, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 18 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 549828422

Resolución ejecutiva número 381 de 2014, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49369

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Notas Verbales números 130 y 131 del 9 de mayo de 2014, el Gobierno de Brasil, a través de su Embajada en Colombia solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Fredy Iván Castro Jiménez, requerido por el Cuarto Juzgado Federal Criminal de la 1a Subsección Judicial de São Paulo, dentro del Proceso número 0013065-41.2011.403.6181, por los delitos de tráfico internacional de drogas y asociación para el tráfico de drogas, de conformidad con el mandamiento de Prisión Preventivo número 231/211 del 16 de diciembre de 2011.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 12 de mayo de 2014, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Fredy Iván Castro Jiménez, identificado con la cédula de ciudadanía número 10136243, quien había sido detenido el 4 de mayo de 2014, con fundamento en una Circular Roja de Interpol.

  3. Que mediante Nota Verbal número 186 del 25 de junio de 2014, el Gobierno de Brasil, a través de su Embajada en Colombia, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Fredy Iván Castro Jiménez.

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Fredy Iván Castro Jiménez, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI número 1327 del 27 de junio de 2014, conceptuó que los tratados aplicables al caso en mención, son el 'Tratado de Extradición entre la República Federativa de Brasil y la República de Colombia', suscrito en 1938

    y 'La Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, adoptada en Viena, el 20 de diciembre de 1988, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, numeral 2, el cual prevé:

    "[...]

    Cada uno de los delitos a los que se aplica el presente artículo se considerará incluido entre los delitos que den lugar a extradición en todo tratado de extradición vigente entre las Partes.[...]...'.

  5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano Fredy Iván Castro Jiménez, el Ministerio de Justicia y del Derecho mediante Oficio número OFI14-0015361-OAI-1100 del 8 de julio de 2014, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del 26 de noviembre de 2014, habiendo encontrado cumplidos los requisitos que se exigen en las normas aplicables al caso, conceptuó favorablemente a la extradición del ciudadano Fredy Iván Castro Jiménez.

    Sobre el particular, la Honorable Corporación manifestó:

    "6. Decisión

    Los anteriores razonamientos permiten tener por acreditadas las exigencias legales para conceptuar de manera favorable a la solicitud de extradición formalizada por el Gobierno de la República Federativa del Brasil a través de su Embajada en nuestro país, respecto del...

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