Resolución ejecutiva número 382 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 2 de Noviembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 696175681

Resolución ejecutiva número 382 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50405

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el Gobierno de la República del Perú, a través de su Embajada en nuestro país, mediante Notas Verbales Nos. 5-8-M/105, 5-8-M/106 del 31 de marzo y 5-8- M/108(A) del 3 de abril de 2017, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano Nicolás Antonio Posada Cárdenas, requerido por la Segunda Fiscalía Superior Especializada en Criminalidad Organizada de conformidad con la Providencia que presta mérito para pasar a Juicio Oral del 15 de agosto de 2011, dentro del expediente número 58-2009, por el presunto delito de lavado de activos, en la modalidad de actos de conversión, transferencia, ocultamiento y tenencia en agravio del Estado peruano.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante Resolución del 31 de marzo de 2017, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Nicolás Antonio Posada Cárdenas, identificado con la cédula de ciudadanía número 71775190, quien había sido retenido el 26 de marzo de 2017, por la Dirección de Investigación Criminal e Interpol Seccional Antioquia de la Policía Nacional.

  3. Que la Embajada de la República del Perú en nuestro país, mediante Notas Verbales números 5-8-M/200 y 5-8-M/211 del 23 y 30 de junio de 2017, respectivamente, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Nicolás Antonio Posada Cárdenas.

  4. Que estando formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Nicolás Antonio Posada Cárdenas, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 1426 del 23 de junio de 2017, conceptuó que:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y la República del Perú.

    En consecuencia, y una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es de indicar que se encuentran vigentes los siguientes tratados de extradición entre la Partes:

    · El 'Acuerdo sobre Extradición, adoptado en Caracas el 18 de julio de 1911.

    · El 'Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradición', firmado el 18 de julio de 1911' suscrito en Lima, el 22 de octubre de 2004...".

  5. Que una vez perfeccionado el expediente de la solicitud de extradición del ciudadano Nicolás Antonio Posada Cárdenas, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante oficio número OFI17-0019872- OAI-1100 del 5 de julio de 2017, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia, mediante pronunciamiento del 11 de octubre de 2017, habiendo encontrado cumplidos los requisitos que exigen las normas aplicables al caso, conceptuó favorablemente a la extradición del ciudadano Nicolás Antonio Posada Cárdenas.

    Sobre el particular, la honorable Corporación manifestó:

    "8. De lo expuesto se sigue que estarían acreditadas las exigencias legales para conceptuar de manera favorable a la solicitud de...

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