Resolución ejecutiva número 383 de 2017, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 299 del 10 de agosto de 2017 - 2 de Noviembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 696175685

Resolución ejecutiva número 383 de 2017, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 299 del 10 de agosto de 2017

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50405

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, conforme a lo previsto en los artículos 74 y 80 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución Ejecutiva número 299 del 10 de agosto de 2017, el Gobierno nacional concedió la extradición del ciudadano dominicano Ariel Mi-naya Montero, identificado con la cédula de identidad dominicana número 2230078045-3 y cédula nacional de identidad para extranjeros expedida en Chile número 24.047.828-6, requerido por el Juzgado de Garantía de Colina, Chile, de conformidad con la Orden de Detención número 1611235000230-0, expedida el 28 de enero de 2016, dentro de la Causa RUC número 1600074377-5, que se le adelanta por los delitos de homicidio simple, robo con intimidación y secuestro.

  2. Que el Ministerio de Justicia y del Derecho, a través del Oficio OFI17-0027254-OAI-1100 del 15 de agosto de 20171, citó a la defensora pública del ciudadano requerido para que se notificara personalmente de la Resolución Ejecutiva número 299 del 10 de agosto de 2017, sin que la apoderada se presentara a dicha Entidad para la realización de la mencionada diligencia.

    En virtud de lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la Resolución Ejecutiva número 299 del 10 de agosto de 2017 se notificó personalmente al ciudadano dominicano Ariel Minaya Montero, el 22 de agosto de 2017.

    La anterior situación fue comunicada a la abogada defensora de este ciudadano, mediante Oficio número OFI17-0028316-OAI-1100 del 23 de agosto de 20172.

    Tanto al ciudadano requerido como a su abogada defensora se les informó que contra la decisión del Gobierno nacional procedía el recurso de reposición, indicándoles que la oportunidad para hacerlo era dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la diligencia de notificación personal.

  3. Que estando dentro del término legal, el ciudadano dominicano Ariel Minaya Montero, mediante escrito radicado en el Ministerio de Justicia y del Derecho, el 4 de septiembre de 2017, interpuso recurso de reposición contra la Resolución Ejecutiva número 299 del 10 de agosto de 2017.

  4. Que el mencionado recurso está fundamentado en los siguientes argumentos:

    Solicita el recurrente que se revoque la decisión comoquiera que dentro del prontuario judicial no existen los medios probatorios para procesarlo por la cantidad de delitos que se le imputan, por lo que sería conveniente, efectivo y eficaz que solo sea requerido por el delito que "tenga un asidero legal probatorio" y respecto del cual el país requirente fundamente la tipificación del delito.

    Agrega el recurrente: "porque lo mismo lograría que haciendo uso de el (sic) artículo del "Tratado de Extradición" suscrito entre la República de Colombia y la República de Chile, no se me juzgue por otros delitos por los que no se concedió la extradición...".

  5. Que en relación con los argumentos expuestos, el Gobierno nacional considera:

    De acuerdo con lo previsto en el artículo 35 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo número 01 de 1997, la extradición puede concederse de acuerdo con los tratados públicos suscritos a tal efecto o, en su ausencia, conforme lo dispone la normatividad interna.

    En el presente caso, el Ministerio de...

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