Resolución ejecutiva número 395 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 15 de Noviembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 696915025

Resolución ejecutiva número 395 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50418

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0338 del 23 de marzo de 2017, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición de la ciudadana colombiana Alejandra María Ríos Salazar, requerida para comparecer a juicio por un delito federal de tráfico de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 27 de marzo de 2017, decretó la captura con fines de extradición de la ciudadana Alejandra María Ríos Salazar, identificada con la cédula de ciudadanía número 52426439, quien había sido detenida el 18 de marzo de 2017, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol, siendo notificada de la orden de captura con fines de extradición el 27 de marzo de 2017.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0589 del 15 de mayo de 2017, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición de la ciudadana Alejandra María Ríos Salazar.

    En la Sexta Acusación Sustitutiva número S6 12 Cr.120 (RJS) dictada el 13 de diciembre de 2016, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, se le imputa el siguiente cargo:

    "CARGO UNO

    El gran jurado hace la siguiente acusación: 1. Por lo menos desde comienzos del año 2011, o alrededor de esa fecha, hasta e incluyendo el año 2012, o alrededor de esa fecha, en un delito que comenzó fuera de la jurisdicción de cualquier estado o distrito en particular; y por el cual, por lo menos uno de los delincuentes de un conjunto de dos o más delincuentes, fue traída por primera vez y arrestada en el Distrito Sur de Nueva York, Alejandra María Ríos Salazar, alias "Alejandra Ríos", la acusada, cuyo puerto de entrada a los Estados Unidos será el Distrito Sur de Nueva York, y otras personas conocidas y desconocidas, intencionalmente y a sabiendas, se unieron, conspiraron, confabularon, y se pusieron de acuerdo, juntos y el uno con el otro, para infringir las leyes de los Estados Unidos que rigen los crímenes contra la salud.

    2. Formaba parte y era el objetivo del concierto para delinquir que Alejandra María Ríos Salazar, alias "Alejandra Ríos", la acusada, y otras personas conocidas y desconocidas, poseyeran, y en realidad así lo hicieron, con la intención de distribuir una sustancia regulada a bordo de una aeronave registrada en los Estados Unidos, en contravención de las Secciones 812, 959(b)(2) (2012), y 960(a) (3) del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    3. La sustancia regulada involucrada en el delito era 5 kilogramos y más de mezclas y sustancias que contenían una cantidad detectable de cocaína, en contravención de la Sección 960(b)(1)(B) del Título 21 del Código de los Estados Unidos..."1.

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 0589 del 15 de mayo de 2017, señala:

    "Un auto de detención contra Alejandra María Ríos Salazar por este cargo fue dictado el 13 de diciembre de 2016, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (...) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición de la ciudadana Alejandra María Ríos Salazar, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI número 1057 del 15 de mayo de 2017, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal...

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