Resolución ejecutiva número 410 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 29 de Noviembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 698282293

Resolución ejecutiva número 410 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50432

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0412 del 4 de abril de 2017, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano ecuatoriano Edison Washington Prado Alava, también conocido como Jhon Alex Rengifo García, requerido para comparecer a juicio por un delito federal de tráfico de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 7 de abril de 2017, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano ecuatoriano Edison Washington Prado Alava, identificado con la cédula ecuatoriana número 130974725-9, también conocido como Jhon Alex Rengifo García, identificado con cédula de ciudadanía colombiana número 1086055027, la cual se hizo efectiva, el 8 de abril de 2017, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0777 del 5 de junio de 2017, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano ecuatoriano Edison Washington Prado Alava.

    Esa Misión Diplomática informó "que Edison Washington Prado Alava, también conocido como "Jhon Alex Rengifo García", es ciudadano de Ecuador, nacido el 23 de octubre de 1981, en Ecuador. Es portador de la cédula ecuatoriana número 130974725-9. Durante el tiempo que Prado Alava vivió en Colombia obtuvo una cédula colombiana bajo el nombre de Jhon Alex Rengifo García, número 1086055027, con fecha de nacimiento 20 de octubre de 1981...".

    También indicó que el ciudadano ecuatoriano Edison Washington Prado Alava es requerido para comparecer a juicio por un delito federal de tráfico de narcóticos y que es el sujeto de la Acusación número 17-20144-CR-Altonaga, dictada el 28 de febrero de 2017, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida.

    En la mencionada Acusación se le imputa el siguiente cargo:

    "Acusación Formal

    El Gran Jurado expone las siguientes acusaciones: Desde por lo menos diciembre de 2015, o alrededor de esa fecha, y continuando hasta o alrededor de la fecha de la radicación de esta acusación formal, en los países de Colombia, Ecuador, Costa Rica, Honduras, Guatemala y en otras partes, los acusados, Edison Washington Prado Álava, Alias "Jhon Alex Rengifo García," (... ) con conocimiento y por voluntad propia, se unieron, conspiraron, confabularon, y llegaron a un acuerdo mutuo entre ellos y otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, para distribuir una sustancia regulada de categoría II, con intención, conocimiento y teniendo motivos razonables para creer que tal sustancia regulada sería importada ilícitamente dentro de los Estados Unidos en infracción de la Sección 959(a) (2) del Título 21 del Código de los Estados Unidos; todo en contravención de la Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Con respecto a los acusados, la sustancia regulada involucrada en la asociación delictuosa, atribuible a ellos como resultado de su propia conducta y la conducta de los demás conspiradores que ellos podían razonablemente predecir, es cinco (5) kilogramos 0 más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, en infracción de las Secciones 963 y 960(b)(1)(B), del Título 21 del Código de Estados Unidos..."1.

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano ecuatoriano Edison Washington Prado Alava, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 1283 del 5 de junio de 2017, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se...

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