Resolución ejecutiva número 438 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 26 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 700149917

Resolución ejecutiva número 438 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50458

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el Estado Plurinacional de Bolivia, a través de su Embajada en nuestro país, mediante Nota Verbal número MRC-030-17 del 10 de mayo de 2017, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano Carlos Andrés Ibarra Romero, requerido por el Tribunal de Sentencia número 12 del departamento de Santa Cruz, de conformidad con el Auto de Apertura a Juicio

    del 27 de abril de 2016, por la presunta comisión de los delitos de secuestro y organización criminal.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 11 de mayo de 2017 decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Carlos Andrés Ibarra Romero, identificado con cédula de ciudadanía número 86077648, quien había sido retenido el 4 de mayo de 2017, con fundamento en una circular roja de Interpol.

  3. Que el Estado Plurinacional de Bolivia a través de su Embajada en nuestro país mediante Nota Verbal número MRC-051-17 del 8 de agosto de 2017, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Carlos Andrés Ibarra Romero.

  4. Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI número 1910 del 15 de agosto de 2017, conceptuó que:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones entre la República de Colombia y el Estado Plurinacional de Bolivia.

    En consecuencia, y una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es de indicar que se encuentra vigente para los dos Estados, el 'ElAcuerdo sobre extradición', adoptado en Caracas, el 18 de julio de 1911...".

  5. Que perfeccionado así el expediente de la solicitud de extradición del ciudadano Carlos Andrés Ibarra Romero, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante Oficio número OFI17-0028082-OAI-1100 del 22 de agosto de 2017, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del 6 de diciembre de 2017, habiendo encontrado cumplidos los requisitos que exige el Convenio aplicable al caso, conceptuó favorablemente a la extradición del ciudadano Carlos Andrés Ibarra Romero.

    Sobre el particular, la Honorable Corporación manifestó:

    "6. Conclusión.

    La Sala es del criterio que la petición de extradición del ciudadano colombiano Carlos Andrés Ibarra Romero, formulada por el Estado Plurinacional de Bolivia, es conforme a derecho y, en consecuencia, se procederá a conceptuar favorablemente a dicho pedido.

    7. Sobre los condicionamientos.

    Es preciso consignar que corresponde al Gobierno nacional condicionar la entrega a que el reclamado no vaya a ser condenado a pena de muerte, ni juzgado por hechos diversos a los que motivaron la solicitud de extradición o por los cuales fue autorizada la entrega del requerido por esta...

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