Resolución número 0-3844 de 2016, por medio de la cual se establece la estructura y se organiza el funcionamiento de la Dirección de Control Disciplinario, se delegan unas funciones y se dictan otras disposiciones relacionadas con el Control Disciplinario en la Fiscalía General de la Nación - 18 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 654154641

Resolución número 0-3844 de 2016, por medio de la cual se establece la estructura y se organiza el funcionamiento de la Dirección de Control Disciplinario, se delegan unas funciones y se dictan otras disposiciones relacionadas con el Control Disciplinario en la Fiscalía General de la Nación

EmisorFiscalía General de la Nación
Número de Boletín50061

El Fiscal General de la Nación, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 1, 19, 20, 24, 25 y parágrafo del artículo 4º del Decreto-ley 16 de 2014, el parágrafo 1º del artículo 76 de la Ley 734 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política consagra: "Lafunción administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".

Que, de conformidad con el parágrafo 1º del artículo 76 de la Ley 734 de 2002 - Código Disciplinario Único, en concordancia con el numeral 1 del artículo 14 del Decreto-ley 16 de 2014, corresponde a la Dirección de Control Disciplinario conocer, instruir y fallar en primera instancia las investigaciones disciplinarias que se adelanten contra los empleados de la entidad.

Que, conforme al artículo 125 de la Ley 270 de 1996 - Estatutaria de Administración de Justicia -, son empleados de la Fiscalía General de la Nación todos los servidores de la entidad que no ostenten cargos de Fiscales Delegados.

Que conocer, instruir y fallar en segunda instancia las actuaciones disciplinarias en la entidad, así como en única instancia de los procesos adelantados contra el Director de Control Disciplinario, es competencia del Fiscal General de la Nación, en virtud del parágrafo 1º del artículo 76 de la Ley 734 de 2002 - Código Disciplinario Único y el numeral 24 del artículo 4º del Decreto-ley 16 de 2014.

Que, así mismo, de conformidad con el numeral 3 del artículo 172 de la Ley 734 de 2002 - Código Disciplinario Único, es competencia del Fiscal General de la Nación la ejecución de las sanciones disciplinarias impuestas a servidores de la institución.

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 señala que "las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio defunciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias".

Que el numeral 1 del artículo 4º del Decreto-ley 16 de 2014 confiere al Fiscal General de la Nación la facultad de "Formular y adoptar las políticas, directrices, lineamientos y protocolos para el cumplimiento de las funciones asignadas a la Fiscalía General de la Nación en la Constitución y en la ley".

Que el numeral 19 del artículo 4º del Decreto-ley 16 de 2014 establece como función del Fiscal General de la Nación aquella relacionada con "Expedir reglamentos, protocolos, órdenes, circulares y manuales de organizaciónyprocedimiento conducentes a la organización administrativay al eficaz desempeño de las funciones de la Fiscalía General de la Nación".

Que el numeral 25 del artículo 4º del Decreto-ley 16 de 2014 señala que es facultad del Fiscal General de la Nación la de "Crear, conformar, modificar o suprimir secciones, departamentos, comités, unidades y grupos internos de trabajo que se requieran para el cumplimiento de las funciones a cargo de la Fiscalía General de la Nación".

Que con el ánimo de hacer más eficiente el control disciplinario en la Fiscalía General de la Nación, lograr mayores niveles de especialidad y unidad de criterio y de gestión en asuntos disciplinarios, fortalecer el funcionamiento de la Dirección de Control Disciplinario y el control sobre los servidores adscritos a esta Dirección, se hace necesario establecer su estructura, centralizar y organizar su funcionamiento, y delegar o redistribuir algunas funciones.

En mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

CAPÍTULO I Objeto Artículo 1
Artículo 1º Objeto.

El objeto de la presente resolución es establecer la estructura y organizar el funcionamiento de la Dirección de Control Disciplinario, y dictar otras disposiciones relacionadas con el Control Disciplinario en la Fiscalía General de la Nación.

CAPÍTULO II Artículos 2 a 6

Estructura y funciones generales de la Dirección de Control Disciplinario

Artículo 2º Estructura.

La Dirección de Control Disciplinario de la Fiscalía General de la Nación, para el...

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