Resolución número 00000051 de 2016, por la cual se decide actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40099044 y sus segregados. Expediente número A.A. 266 de 2015 - 5 de Abril de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 632402201

Resolución número 00000051 de 2016, por la cual se decide actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40099044 y sus segregados. Expediente número A.A. 266 de 2015

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín49835

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá - Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Decreto 2723 de 2014, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012,

CONSIDERANDO: RESUELVE:

Artículo 1º

Dejar sin valor ni efectos jurídicos las Anotaciones números 4 y 6 del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40099044, así como la Anotación número 01 de los Folios de Matrícula segregados 50S-40651263 y 50S-40651264, y como consecuencia de lo anterior ordénese el cierre de estos dos últimos folios, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolución y realizar las salvedades de ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 1579 de 2012.

Artículo 2º Adecuar la Anotación número 05 del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40099044 insertando el comentario "sobre cosa ajena", asimismo suprimir la "x" de propietario al señor Orlando Camacho Silva, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de esta providencia y haciendo las respectivas salvedades conforme lo indica la Ley 1579 de 2012.
Artículo 3º

Notificar personalmente esta resolución a los señores Orlando Camacho Silva y José Isaías Sánchez Cortés; y de no poder hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso y a terceros que no hayan intervenido en la actuación y que puedan estar directamente interesados o resultar afectados con la decisión, con publicación de la presente providencia, por una sola vez, en el Diario Oficial a costa de esta oficina o en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados (artículos 67, 69 y 73 Ley 1437 de 2011).

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