Resolución número 000005 de 2020, por la cual se habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y cambiarías correspondientes al año 2020
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales |
Número de Boletín | 51197 |
La Directora General encargada de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 12 del artículo 6º del Decreto número 4048 de 2008 y los artículos 25, 180, 263, 267, 276, 283, 325, 399 y 530 del Decreto número 1165 de 2019, artículos 5º y 6º del Decreto número 155 de 2014, el artículo 87 parágrafos 2º y 4º de la Resolución Externa número 1 de 2018, así como el artículo 4º de la Ley 962 de 2005, modificado por el artículo 26 del Decreto número 19 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 25 del Decreto número 1165 de 2019, las declaraciones de importación, exportación y tránsito aduanero deberán presentarse en los formularios oficiales que para el efecto determine la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, a través de medios electrónicos o magnéticos o excepcionalmente por medios documentales cuando esta así lo autorice.
En circunstancias especiales, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá autorizar la presentación de declaraciones utilizando formularios habilitados para el efecto;
Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 26 del Decreto Ley 19 de 2012 y con el fin de facilitar las operaciones aduaneras y de comercio exterior para los usuarios, cuando sea del caso, la DIAN deberá habilitar los mecanismos necesarios para poner a disposición gratuita y oportuna de los interesados el formato definido oficialmente para el cumplimiento de las obligaciones legales, utilizando para el efecto formas impresas, magnéticas o electrónicas;
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 87 de la Resolución Externa número 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República, el ingreso de títulos representativos de divisas o moneda legal colombiana en efectivo por un monto superior a diez mil dólares de los Estados Unidos de América (US$10.000), o su equivalente en otras monedas, deben declararse ante la autoridad aduanera en el formulario que esta establezca;
Que mediante Resolución número 000054 de 2019 se prescribe el formulario para la Declaración de Equipaje, de Dinero en Efectivo y de Títulos Representativos de Dinero -Viajeros de conformidad con las disposiciones contempladas en el Decreto número 1165 de 2019;
Que atendiendo lo anterior, se hace necesario establecer los formularios que...
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