Resolución número 000010 de 2020, por medio de la cual se corrige un error formal en el artículo segundo de la Resolución número 439 del 20 de diciembre de 2019, por la cual se adopta el Manual Unificado de Contratación, Supervisión e Interventoría del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y se derogan las Resoluciones números 0168 del 14 de julio de 2016 y 0262 del 22 de junio de 2018 - 26 de Febrero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 840947570

Resolución número 000010 de 2020, por medio de la cual se corrige un error formal en el artículo segundo de la Resolución número 439 del 20 de diciembre de 2019, por la cual se adopta el Manual Unificado de Contratación, Supervisión e Interventoría del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y se derogan las Resoluciones números 0168 del 14 de julio de 2016 y 0262 del 22 de junio de 2018

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín51239

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades legales, y en especial, las que le confiere las Leyes 80 de 1993, 489 de 1998, 1150 de 2007, 1437 y 1474 de 2011, el Decreto número 1082 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió la Resolución número 000439 de 2019, por medio de la cual se adoptó el Manual Unificado de Contratación, Supervisión e Interventoría del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural;

Que en artículo 2º de la mencionada resolución establece: "Deróguese a partir del 31 de diciembre de 2020, las Resoluciones números 0168 del 14 de julio de 2016 y 0262 del 22 de junio de 2018, así como todas las demás que le sean contrarias a este acto administrativo";

Que de acuerdo al artículo antes señalado, se evidencia que existe un error formal, en cuanto dispone que la derogatoria de las resoluciones es a partir del 31 de diciembre de 2020, no siendo coherente con la adopción del nuevo Manual Unificado de Contratación que, de acuerdo con el artículo 1º de la Resolución número 439 de 2019, su vigencia es a partir del 1º de enero de 2020;

Que respecto de los errores formales en los actos administrativos, la Ley 1437 de 2011 dispone en su artículo 45, lo siguiente:

"Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda";

Que conforme a la disposición normativa señalada, se encuentra que el error contenido en el artículo segundo de la Resolución número 439 de 2019, es de carácter simplemente formal, toda vez que se trató de un yerro en la digitación de la fecha de derogatoria de los actos administrativos que adoptaron los manuales de contratación y supervisión anteriores al Manual Unificado;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Corríjase el error formal contenido en el artículo segundo de la Resolución número 439 del ...

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