Resolución número 00001100 de 2018, por medio de la cual se aprueba el plan de ordenación y manejo de la cuenca hidrográfica del Río La Vieja - 31 de Mayo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 726916413

Resolución número 00001100 de 2018, por medio de la cual se aprueba el plan de ordenación y manejo de la cuenca hidrográfica del Río La Vieja

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Quindío
Número de Boletín50610

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Quindío (CRQ) en uso de sus atribuciones, en especial las que le confiere el Decreto-ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, el Decreto número 1076 de 2015, el Acuerdo de Asamblea Corporativa 05 de 2010, y demás normas concordantes,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-ley 2811 de 1974 Código de los Recursos Naturales y de Protección al Medio Ambiente en su artículo 314, literal a) indica que corresponde a la Administración pública entre otras funciones velar por la protección de las cuencas hidrográficas contra los elementos que las degraden o alteren y especialmente los que producen contaminación, sedimentación y salinización de los cursos de aguas o de los suelos; literal d) Coordinar o promover el aprovechamiento racional de los recursos naturales renovables de la cuenca en ordenación para beneficio de la comunidad, literal h) señalar prioridades para el establecimiento de proyectos, y para la utilización de las aguas y realización de planes de ordenación y manejo de las cuencas, de acuerdo con factores ambientales y socioeconómicos.

Que la Ley 99 de 1993, en su artículo 31, numeral 18, fija como función de las Corporaciones Autónomas Regionales "Ordenar y establecer las normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción, conforme a las disposiciones superiores y las políticas nacionales". Asimismo, en su artículo 7º define el ordenamiento ambiental del territorio, como la función atribuida al estado de regular y orientar el proceso de diseño y planificación de uso del territorio y de los recursos naturales renovables de la nación a fin de garantizar su adecuada explotación y desarrollo sostenible.

Que el Decreto número 1076 de 2015 en su Título 3, Capítulo 1, Sección 1, reglamentó el artículo 316 del Decreto-ley 2811 de 1974 en relación con los instrumentos para la planificación, ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas y acuíferos del país de conformidad con la estructura definida en la Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico.

Que el mencionado decreto en su artículo 2.2.3.1.5.1 define el Plan de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas como el "(...) instrumento a través del cual se realiza la planeación del uso coordinado del suelo, de las aguas, de la flora y la fauna y el manejo de la cuenca entendido como la ejecución de obras y tratamientos, en la perspectiva de mantener el equilibrio entre el aprovechamiento social y económico de tales recursos y la conservación de la estructura físico-biótica de la cuenca y particularmente del recurso hídrico. Y en el parágrafo 1º, se indica que es función de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible la elaboración de los Planes de Ordenación y Manejo de las Cuencas Hidrográficas de su jurisdicción, así como la coordinación, ejecución y evaluación de los mismos.

Que...

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