Resolución número 00001121 de 2016, por la cual se modifica la Resolución 3460 de 2015 modificada por la Resolución número 5588 de 2015 - 6 de Abril de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 632402301

Resolución número 00001121 de 2016, por la cual se modifica la Resolución 3460 de 2015 modificada por la Resolución número 5588 de 2015

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49836

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales en especial, de las conferidas en los artículos y 10 del Decreto número 1681 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución número 3460 de 2015, este Ministerio estableció las condiciones, los requisitos que deben cumplir los beneficiarios, los criterios de viabilidad, el procedimiento y el seguimiento a la línea de redescuento con tasa compensada de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter), destinada al saneamiento de pasivos de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y a capital de trabajo para las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS);

Que el artículo 2º de la precitada resolución, determinó las condiciones generales de la línea de redescuento con tasa compensada para las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y para las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), y en su artículo 3º, definió

como beneficiarios a las EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado que tengan afiliados más del 2% del total de la población afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud y a las IPS de naturaleza pública, privadas y mixtas que cumplan con las condiciones allí dispuestas y que estén habilitadas e inscritas en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS);

Que posteriormente se expidió la Resolución número 5588 de 2015 modificatoria de la Resolución 3460 de 2015, en cuanto a los beneficiarios de la Línea de Crédito con Tasa Compensada de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter) y al monto estimado, ampliándolo en trescientos treinta y cuatro mil millones de pesos ($334.000.000.000);

Que dada la gran demanda de solicitudes de certificados de Potencial Beneficiario de la Línea de Crédito referida, por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) que cumplen los lineamientos establecidos en las Resoluciones números 3460 y 5588 de 2015, resulta insuficiente el monto estimado, dada la priorización realizada en cumplimiento de lo dispuesto en dichos actos administrativos;

Que considerando lo anteriormente señalado, se hace necesario adicionar la línea de crédito en un monto de ciento ochenta mil millones de pesos ($180.000.000.000) y definir el mes de mayo de 2016, como plazo para que aquellas Instituciones Prestadoras de Servicios de...

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