Resolución número 000022 de 2017, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 000112 del 29 de octubre del 2015, la Resolución 000084 del 30 de diciembre del 2016y la Resolución 000068 del 28 de octubre del 2016 - 11 de Abril de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 677365569

Resolución número 000022 de 2017, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 000112 del 29 de octubre del 2015, la Resolución 000084 del 30 de diciembre del 2016y la Resolución 000068 del 28 de octubre del 2016

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín50203

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales, en especial las consagradas en el artículo 6º numerales 12 y 22 del Decreto 4048 de 2008, en los artículos 631, 631-2, 631-3, 633, 684 y 686 del Estatuto Tributario.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución número 000112 del 29 de octubre de 2015 establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por el año gravable 2016 y las características técnicas para la presentación de dicha información.

Que la Resolución número 000068 del 28 de octubre de 2016 establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por el año gravable 2017 y las características técnicas para la presentación de dicha información.

Que mediante la Resolución número 000084 del 30 de diciembre de 2016, modificatoria de la Resolución 000112 del 29 de octubre del 2015, se precisó el contenido y las características técnicas de la información que se debe presentar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) por el año gravable 2016.

Que es necesario precisar el contenido de la información que se presenta a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para facilitar el reporte por parte de los obligados y el uso de la misma por parte de la entidad.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8º numeral 8 de la Ley 1437 de 2011, el presente proyecto de resolución fue publicado en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

RESUELVE:

Artículo 1º Modifíquese el numeral 18.6 del artículo 18 de la Resolución 000112 del 29 de octubre del 2015, el cual quedará así:

18.6. Información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre. Conforme con lo establecido en el literal h) del artículo 631 del Estatuto Tributario los obligados a presentar información, deberán suministrar los apellidos y nombres o razón social, identificación, dirección y país de residencia o domicilio de cada uno de los acreedores por pasivos de cualquier índole, cuando:

  1. El saldo acumulado por acreedor a 31 de diciembre sea igual o superior a un millón de pesos ($1.000.000), o

  2. El saldo total de los pasivos a 31 de diciembre sea igual o superior a cien millones de pesos ($100.000.000), en cuyo caso deberá informarse cada uno de los acreedores con saldos acumulados iguales o superiores a quinientos mil pesos ($500.000).

En el Formato 1009 Versión 7, según el concepto a que corresponda, de la siguiente manera:

1. El valor del saldo de los pasivos con proveedores, en el Concepto 2201.
2. El valor del saldo de los pasivos con compañías vinculadas accionistas y socios, en el Concepto 2202.
3. El valor del saldo de las obligaciones financieras, en el Concepto 2203.
4. El valor del saldo de los pasivos por impuestos, gravámenes y tasas, en el Concepto 2204.
5. El valor del saldo de los pasivos laborales, en el Concepto 2205.
6. El valor del saldo del pasivo determinado por el cálculo actuarial, en el Concepto 2207, con el NIT del informante.
7. El valor de los pasivos exclusivos de las
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR