Resolución número 00002283 de 2016, por la cual se asigna la cuota de pesca en los espacios marítimos jurisdiccionales colombianos del área del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina entre los diferentes titulares de permiso para la vigencia del año 2017 y se establecen otras disposiciones - 29 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656601881

Resolución número 00002283 de 2016, por la cual se asigna la cuota de pesca en los espacios marítimos jurisdiccionales colombianos del área del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina entre los diferentes titulares de permiso para la vigencia del año 2017 y se establecen otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca
Número de Boletín50101

El Director General de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, en uso de las facultades que le confiere el Decreto 4181 del 3 de noviembre de 2011, Ley 13 de 1990 y el Decreto 1071 del 26 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 80 de la Constitución Política de Colombia establece que "El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución (...)".

Que la Ley 13 de 1990 determinó que "compete al Estado administrar, fomentar y controlar la actividad pesquera" y el artículo 3º ibídem declaró "la actividad pesquera de utilidad pública e interés social".

Que mediante Decreto 4181 del 3 de noviembre de 2011, se crea la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap).

Que el artículo 3º del Decreto 4181 del 2011, estableció como uno de los objetivos institucionales de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap), ejercer la autoridad pesquera y acuícola de Colombia, para lo cual adelantará los procesos de planificación, investigación, ordenamiento, fomento, regulación, registro, información, inspección, vigilancia y control de las actividades de pesca y acuicultura, aplicando las sanciones a que haya lugar, dentro de una política de fomento y desarrollo sostenible de estos recursos, lo cual se encuentra acorde con lo consagrado en el artículo 1º de la Ley 13 de 1990.

Que de conformidad con los numerales 2 y 5 del artículo 13 de la Ley 13 de 1990, hoy competencia de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap) le corresponde contribuir en la formulación de la política pesquera nacional; administrar, fomentar y controlar la actividad pesquera y acuícola, así como la atribución para expedir las normas para su ejercicio y establecer los trámites y requisitos para el otorgamiento de autorizaciones, permisos, patentes, concesiones, y salvoconductos.

Que según la Resolución número 393 del 20 de octubre de 2015 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, se autorizó una cuota de extracción de tiburones a la pesca artesanal, lo cual va en concordancia con lo señalado en las Resoluciones número 744 de 2012 y número 190 de 2013 en las que se prohíbe la pesca dirigida a las diferentes especies de tiburones y reglamenta el arte de pesca y la carnada que con este fin se venían utilizando, lo cual está apegado a lo señalado en el Acta número 1 del 28 de agosto de 2015 del Comité Ejecutivo para la Pesca.

Que según la Resolución número 744 de 2012, "por la cual se prohíbe la captura dirigida a tiburones, rayas y quimeras en el territorio nacional marino y costero, se reglamenta el arte de pesca denominado palangre y artes similares de anzuelo en embarcaciones de bandera nacional y embarcaciones de bandera...

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