Resolución número 000023 de 2018, por la cual se corrige el artículo 2º de la Resolución número 000014 del 21 de marzo de 2018 que establece los criterios para realizar el cálculo de la relación costo-beneficio en el proceso de cobro coactivo - 25 de Abril de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 715429329

Resolución número 000023 de 2018, por la cual se corrige el artículo 2º de la Resolución número 000014 del 21 de marzo de 2018 que establece los criterios para realizar el cálculo de la relación costo-beneficio en el proceso de cobro coactivo

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín50575

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en el numeral 7 del artículo del Decreto número 4048 de 2008 y en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 000014 del 21 de marzo de 2018, se establecieron los criterios para realizar el cálculo de la relación costo-beneficio en el proceso de cobro coactivo y en el artículo 2º que establece los aspectos comunes a aplicar a los diferentes tipos de bienes, por error de omisión, no se incluyó que el valor comercial de tales bienes se puede encontrar en la información procedente de las agremiaciones, en medios electrónicos, en investigaciones existentes en los mercados especializados o en información de las autoridades que regulan el tipo de bien:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es procedente corregir el acto administrativo:

Por lo anteriormente expuesto, el Director General,

RESUELVE:

Artículo 1º Corregir el artículo 2º de la Resolución número 000014 del 21 de marzo de 2018, el cual quedará así:

"Artículo 2º. Aspectos comunes a los diferentes tipos de bienes.

Al valor comercial determinado según los parámetros fijados en el artículo anterior, se restará el 30%, de manera que el valor de referencia para el cálculo de la relación costo-beneficio sea el equivalente al porcentaje de la venta forzada, es decir, el 70%.

- El valor comercial de los bienes en condiciones similares se puede encontrar en las revistas especializadas para la comercialización de los bienes, información de agremiaciones, medios electrónicos, investigación en el mercado especializado, información de las autoridades que regulan el tipo de bien.

- Realizar la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR