Resolución número 000023 de 2021, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 000070 del 28 de octubre de 2019 - 13 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 862718867

Resolución número 000023 de 2021, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 000070 del 28 de octubre de 2019

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín51615

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en uso de sus facultades legales, en especial las consagradas en el artículo 6º numerales 12 y 22 del Decreto 4048 de 2008, en los artículos 631, 631-2, 631-3, 633, 684 y 686 del Estatuto Tributario, lo señalado en el artículo 2.8.4.3.1.2 del Decreto 1068 de 2015 Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en los numerales 1 y 2 del artículo 2.1.1.20 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución número 000070 del 28 de octubre de 2019 estableció el grupo de obligados a suministrar información tributaria, a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por el año gravable 2020, así como el contenido, las características técnicas y los plazos para su presentación;

Que posteriormente a la publicación de la Resolución número 000070 del 28 de octubre de 2019, fue expedida la Ley 2010 de 2019 y los decretos legislativos emitidos durante el año 2020 producto de la emergencia económica decretada por el Gobierno nacional, los cuales realizaron modificaciones a diferentes normas del Estatuto Tributario;

Que los numerales 1 y 2 del artículo 2.1.1.20 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, reglamentó el intercambio de información que deben reportar los municipios y distritos a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN);

Que se han recibido comunicaciones por parte de los obligados donde solicitan aclaraciones al contenido de la información que se debe presentar a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) por el año gravable 2020;

Que la Ley 1581 de 2012 "por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales"", regula el tema sobre el tratamiento de la información sobre datos personales, razón por la cual se requiere modificar el artículo 51 de la Resolución 000070 de octubre 28 de 2019, para indicar la responsabilidad del tratamiento de la información por parte de los reportantes;

Que se hace necesario modificar la tabla de los anexos técnicos del artículo 46 de la Resolución 000070 del 28 de octubre de 2019, con la finalidad de actualizar los anexos correspondientes a los mismos esquemas XSD de las especificaciones técnicas de los formatos que ya fueron publicados con la Resolución 000098 del 28 de octubre de 2020, junto con los nuevos ajustes de los Formatos 1013 y 1032 anexos a la presente resolución. Lo anterior con el fin de facilitar la presentación de la información por parte de los obligados, mejorando las validaciones de las casillas de número de identificación;

Que en razón a lo anterior, es necesario ajustar la Resolución 000070 de octubre 28 de 2019 con el fin de facilitar el reporte por parte de los obligados y garantizar la calidad de los servicios a los ciudadanos, las oportunidades de mejora en el uso de la información y el desarrollo de las actividades de fiscalización y control por parte de la entidad;

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8º numeral 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de resolución fue publicado en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) del 26 de enero al 5 de febrero de 2021 para comentarios y observaciones, las cuales fueron analizadas para determinar su pertinencia previa expedición de este acto administrativo;

En mérito de lo expuesto.

RESUELVE:

Artículo 1º Adicionar el parágrafo
  1. al artículo 1º de la Resolución número 000070 del 28 de octubre del 2019. Adiciónese el parágrafo 5º al artículo 1º de la Resolución número 000070 del 28 de octubre del 2019, el cual quedará así:

"Parágrafo 5º. Para efecto de lo dispuesto en literal d) del presente artículo, también serán responsables de cumplir la presente resolución, los contribuyentes personas naturales del régimen simple de tributación - SIMPLE que durante el año gravable 2019, o en el año gravable 2020, hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000)".

Artículo 2º Adicionar el parágrafo 4º al artículo 10 de la Resolución número 000070 del 28 de octubre del 2019.

Adiciónese el parágrafo 4º al artículo 10 de la Resolución número 000070 del 28 de octubre del 2019, el cual quedará así:

"Parágrafo 4º. En el caso de la información de aportes voluntarios a fondos de pensiones voluntarias y obligatorias, la casilla número de la cuenta se debe diligenciar indicando el número de identificación del afiliado".

Artículo 3º Adicionar los parágrafos 1º y 2º al artículo 11 de la Resolución número 000070 del 28 de octubre del 2019. Adiciónense los parágrafos 1º y 2º al artículo 11 de la Resolución número 000070 del 28 de octubre del 2019, los cuales quedarán así:

"Parágrafo 1º. La información contenida en este artículo no debe ser reportada en el formato 1019 - Movimiento en cuenta corriente y/o ahorro.

Parágrafo 2º. En el reporte de las cuentas de ahorro para el fomento de la construcción (AFC) no se debe diligenciar la información de los aportantes".

Artículo 4º Adicionar un parágrafo al artículo 13 de la Resolución número 000070 del 28 de octubre del 2019.

Adiciónese un parágrafo al artículo 13 de la Resolución número 000070 del 28 de octubre del 2019, el cual quedará así:

"Parágrafo. Los valores de las...

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