Resolución número 000027 de 2021, por la cual se adiciona y modifican parcialmente los anexos de la Resolución número 000071 del 28 de octubre de 2019 - 26 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 863716301

Resolución número 000027 de 2021, por la cual se adiciona y modifican parcialmente los anexos de la Resolución número 000071 del 28 de octubre de 2019

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín51628

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 12 del artículo del Decreto 4048 de 2008 y el artículo 1.7.4. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria y,

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1.7.1. del Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria en su inciso primero dispone que: "La conciliación fiscal constituye una obligación de carácter formal, que se define como el sistema de control o conciliación mediante el cual los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, obligados a llevar contabilidad, deben registrar las diferencias que surjan entre la aplicación de los marcos técnicos normativos contables y las disposiciones del Estatuto Tributario...".

Que el artículo 1.7.4. del Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria establece que "Prescripción del reporte de conciliación fiscal. El formato para el reporte de la conciliación fiscal, será definido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales con por lo menos con dos (2) meses de anterioridad, al último día del año gravable anterior al cual corresponda el reporte de conciliación fiscal.

En todo caso la no prescripción del mismo, se entiende que continúa vigente el del año anterior."

Que mediante Resolución 000071 del 28 de octubre de 2019 se prescribió el formato de reporte de conciliación fiscal para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, correspondiente al período gravable 2020 así como el contenido, las características técnicas y los plazos para su presentación.

Que el artículo 168 de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, adicionó al Estatuto Tributario el artículo 256-1. "Crédito fiscal para inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación o vinculación de capital humano de alto nivel", reglamentado por el Decreto 1011 de 2020 que adicionó el Capítulo IV del Título II de la Parte 8 del Libro del Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, por lo tanto, se hace necesario modificar la estructura del Reporte de conciliación fiscal Anexo Formulario 110 Formato 2516 - Versión 3.

Que el artículo 190 de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, adicionó...

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