Resolución número 00002865 de 2019, por la cual se asigna el Límite de Mortalidad de Delfines (LMD) para el año 2020 entre los barcos atuneros de cerco de bandera colombiana mayores de 363 toneladas de capacidad de acarreo en el Océano Pacífico Oriental (OPO) - 20 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 830516061

Resolución número 00002865 de 2019, por la cual se asigna el Límite de Mortalidad de Delfines (LMD) para el año 2020 entre los barcos atuneros de cerco de bandera colombiana mayores de 363 toneladas de capacidad de acarreo en el Océano Pacífico Oriental (OPO)

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca
Número de Boletín51173

El Director General de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, en uso de las facultades que le confiere el Decreto 4181 del 3 de noviembre de 2011, Ley 13 de 1990 y su Decreto Reglamentario 2256 de 1991 compilado por el Decreto número 1071 del 26 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Constitución Política, el Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, conservación, restauración o sustitución;

Que mediante Decreto 4181 del 3 de noviembre de 2011, se crea la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap);

Que el artículo 3º del Decreto 4181 del 2011, estableció como uno de los objetivos institucionales de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap), ejercer la autoridad pesquera y acuícola de Colombia, para lo cual adelantará los procesos de planificación, investigación, ordenamiento, fomento, regulación, registro, información, inspección, vigilancia y control de las actividades de pesca y acuicultura, aplicando las sanciones a que haya lugar, dentro de una política de fomento y desarrollo sostenible de estos recursos, lo cual se encuentra acorde con lo consagrado en el artículo 1º de la Ley 13 de 1990;

Que la Ley 13 de 1990, tienen por objeto regular el manejo integral y la explotación racional de los recursos pesqueros con el fin de asegurar su aprovechamiento sostenido;

Que de conformidad con el artículo 13 numeral 6 y el artículo 47 de la Ley 13 de 1990, corresponde a la Aunap, autorizar los modos para ejercer la actividad pesquera, como es

otorgar, prorrogar y modificar permisos para la pesca comercial industrial de los recursos pesqueros;

Que el Decreto 1071 de 2015 en su artículo 2.16.5.2.2.3. Término del permiso, numeral 6, establece que como parte de los requisitos de otorgamiento de...

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