Resolución número 0000297 de 2021, por la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución 195 de 2021 en relación con la utilización de las vacunas excedentes en los adultos mayores de 80 años - 5 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 862190954

Resolución número 0000297 de 2021, por la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución 195 de 2021 en relación con la utilización de las vacunas excedentes en los adultos mayores de 80 años

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín51607

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente, de las conferidas por el numeral 4 del artículo 2º del Decreto Ley 4107 de 2011, el parágrafo 7 del artículo del Decreto 109 de 2021, y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 195 del 22 de febrero de 2021, se realizó la asignación y distribución de las vacunas contra el COVID - 19, entregadas al Estado colombiano el 20 de febrero de 2021 por el fabricante Sinovac Life Scienses Co., Ltd.

Que los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3º de la enunciada resolución, incluyeron las recomendaciones para la asignación y distribución de las dosis de CoronaVac, orientadas a inmunizar al talento humano perteneciente a la etapa 1 del Plan Nacional de Vacunación, que labora o hace sus prácticas en prestadores de servicios de salud de municipios que no son capitales o no pertenecen a áreas metropolitanas.

Que para realizar tal distribución se utilizó la información suministrada por la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria de este Ministerio, con corte al 19 de febrero de 2021, reportada al sistema PISIS que integra la Base de Datos Maestra nominal de las personas priorizadas para recibir la vacuna y que laboran o hacen sus prácticas en municipios que no hacen parte de las capitales, ni de áreas metropolitanas.

Que efectuada la actualización de dicha información por parte de los prestadores de servicios de salud, se advirtió disminución en el número de personas priorizadas en el talento humano en salud.

Que adicionalmente, la Subdirección de Enfermedades Trasmisibles de la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, mediante correo electrónico del 2 de marzo de 2021, remitió documento en formato Excel, en el que comparó la información con fecha de corte 19 de febrero de 2021, que sirvió de fundamento para la expedición de la Resolución 195 del mismo año, en municipios que no hacen parte de las capitales, ni de las áreas metropolitanas, y la información de esos mismos municipios, con fecha de corte 24 de febrero de 2021, de cuyo ejercicio identificó la reducción en algunos departamentos frente al número de talento humano en salud priorizado, como quedó establecido en dicho documento.

Que en virtud de lo anterior, se hace necesario modificar el artículo 3º de la Resolución 195 de 2021, con miras a autorizar a...

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